Recomendaciones para el uso de plasma de personas recuperadas de COVID-19 con fines terapéuticos

Se indica focalizar el tratamiento con plasma en los pacientes con menos de 7 días de inicio de la enfermedad, con criterios para internación, signos de agravamiento, saturación de oxígeno superior a 93% y requerimiento de oxígeno suplementario.

En base a la evidencia internacional sobre la utilidad del plasma de convalecientes de COVID-19 como uso terapéutico y de los resultados nuevos del Ensayo Clínico del Consorcio de Instituciones que dirige el Hospital Italiano de la Ciudad de Buenos Aires, con un resultado negativo en la eficacia para los pacientes con neumonía, saturación de oxígeno menor de 93 por ciento e índice SOFA (Sequential Organ Failure Assessment) mayor a 2, el Ministerio de Salud de la Nación difunde recomendaciones para su uso.

En este sentido, se indica focalizar el tratamiento con plasma de personas recuperadas de COVID-19 en los pacientes que presentan: menos de siete días de inicio de la enfermedad; criterios clínicos y de laboratorio para internación; signos clínicos, de laboratorio y de imágenes de agravamiento; saturación de oxígeno superior a 93% respirando aire ambiente y requerimiento de oxígeno suplementario.

También se recomienda transfundir unidades de plasma con títulos de IgG no inferiores a 1/800 de acuerdo a los resultados obtenidos por el método COVIDAR o valores de corte mayor a 4.0 por el método ELISA/CMIA de sensibilidad equivalente; y priorizar en la indicación transfusional el criterio médico de los especialistas que intervienen en la atención de los pacientes, y trabajar en forma colaborativa con los servicios de medicina transfusional.

Debido a la dinámica epidemiológica del virus SARS-CoV-2 y a la generación continua de nuevas evidencias, estas recomendaciones se encuentran sujetas a modificaciones y en revisión permanente.

El Ministerio de Salud continúa promoviendo la realización de ensayos clínicos que permitan demostrar fehacientemente los criterios del uso clínico del plasma de convalecientes de COVID-19, a los fines que sea utilizado con evidencia científica que lo respalde.

En el inicio de la pandemia y ante la falta total de evidencia internacional sobre la utilidad del plasma de convalecientes, la cartera sanitaria nacional a través de la Resolución 783/2020 del 17 de abril creó el Registro Nacional de Ensayos Clínicos.

El 24 de agosto la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA) de Estados Unidos autorizó como tratamiento de emergencia la transfusión de plasma de convalecientes en base a un informe de la Clínica Mayo, Rochester, sobre 35.000 pacientes transfundidos. Este estudio sugiere que el plasma de convalecientes parece ser más efectivo cuando los donantes presentan altos títulos de anticuerpos y sugiere que el tratamiento con plasma redujo la mortalidad, al comparar al grupo que lo recibió en momentos iniciales de su internación (mortalidad 9%), en relación con los que lo recibieron en etapas más tardías de la evolución de la enfermedad (mortalidad 12%).

Fuente: Prensa Ministerio de Salud de la Nación