Condenado por no cuidar a su perro peligroso

La Cámara Civil confirmó una sentencia que condenó al dueño de Patón, un perro de la zona rural de Viedma, a resarcir a un productor que resultó perjudicado porque el can atacó y mató a decenas de ovejas, gallinas e incluso a Lola, una perrita de la familia.

Inicialmente, un fallo de primera instancia ordenó un resarcimiento económico al productor de la zona aledaña a Viedma. Las chacras del dueño del perro y del propietario de las ovejas están pegadas.

La primera vez que el perro atacó su dueño reconoció la circunstancia y ofreció pagar. Llevó cinco ovejas al campo del demandante. Luego, según la denuncia, el perro nuevamente había atacado a las ovejas, ocasionándole la muerte a 10 de ellas y dejando gravemente heridas a 4.

En su apelación, el dueño del perro dijo que no se determinó la ocasión en que ocurrió el hecho ni la existencia de los 35 animales muertos.

También objetó la importancia otorgada a los informes relativos al Plan Ovino y Caprino del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia de Río Negro y a la Oficina de Catastro Parcelario de la Provincia de Río Negro, argumentando que no tienen relevancia alguna y que se trata de constancias superfluas. También reprochó las manifestaciones de testigos, por encontrarlas parcializadas, y la utilización realizada del informe pericial. Finalmente, discutió el monto de la indemnizacion.

El fallo recordó que el artículo 1759 del CCyC, refiere al daño causado por animales, cualquiera sea su especie, e instituye que por la sola condición o característica del sujeto activo queda atrapado o comprendido en la responsabilidad derivada de ciertas actividades riesgosas.

En este marco, el propietario o guardián del animal agresor debe afrontar los perjuicios causados, salvo que demuestre el accionar culposo de la víctima o de un tercero, caso fortuito o fuerza mayor. En el expediente, el demandado nunca se entendió obligado a mostrar que fue otro el agresor.

Al analizar los indicios, la Cámara recordó lo relatado por el perito de actuación en sede penal, que afirmó que las mordeduras eran compatibles con las un can, y también que testigos relataron situaciones en otros campos de similares características.

Fuente: Prensa Poder Judicial Río Negro