Agravan calificación e imponen prisión preventiva en el Complejo Penal

Bariloche.-Luego de un mes de investigación penal preparatoria, la Fiscal Jefe Betiana Cendón agravó la imputación endilgada a un hombre por los hechos en los que perdió la vida el adolescente Lucas Nahuel Caro el 27 de febrero pasado.

Hoy sumó nuevos agravantes imputándole el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción temeraria, imprudente, antirreglamentaria y negligente de un vehículo con motor y por haberse dado a la fuga y no intentar socorrer a la víctima; circulando a 110 kms por hora (…); con un nivel de alcoholemia de al menos 1,52 gramos por litro de sangre”. A partir de tal modificación se dispuso además revocar la prisión preventiva domiciliaria y que la misma continúe en un centro de detención penal hasta el 1 de julio próximo.

 

Para sustentar ambos requerimientos, la Fiscal detalló todos los avances alcanzados en el marco de este primer mes de investigación penal preparatoria que incluyeron el trabajo de peritos en el lugar de los hechos, resultados de diversas medidas, exámenes científicos y gran cantidad de testimoniales recabadas, entre otros.

 

“Se evaluaron los resultados del informe retrospectivo del consumo del alcohol que dio precisiones de la cantidad ingerida; se efectuaron nuevas planimetrías en el lugar de los hechos en función de precisiones brindadas por los diversos testigos, entre ellos las dos personas que se encontraban junto a la víctima caminando por la banquina; una de ellas menor de edad por lo que se requirió la anuencia del correspondiente Defensor de Menores”, comenzó relatando Cendón.

 

“Se pudo verificar a través de las imágenes de cámaras de seguridad desde dónde venía el hombre, qué se encontraba haciendo en aquel lugar, cuánto alcohol había ingerido y en que lapso; cómo sobrepasaba a los automóviles que circulaban en la misma dirección. Se realizó además un informe accidentológico que analizó el rodado que manejaba el imputado y pudo dar cuenta de la mecánica del accidente. Todos estos datos científicos y técnicos se vieron fortalecidos por la gran cantidad de testimoniales tomadas”.

 

La Fiscalía valoró el avance que se efectuó junto con la querella, constituida como tal luego de aquella primera audiencia de formulación de cargos realizada el 1 de marzo pasado.

 

Enfatizo en diversos aspectos de gravedad entre otros, que el imputado a bordo de su vehículo, protagonizó el siniestro en el marco del cual un adolescente “impactó contra su parabrisas” no obstante lo cual “se dio a la fuga sin intentar socorrerlo”. Esta acción temeraria se compone además por la conducción del rodado en estado de alcoholemia, a más de 110 km por hora que exceden por lejos los 30 km permitidos en el lugar, la salida del carril de manera intempestiva y la colisión con una víctima que circulaba correctamente por la banquina y que, como consecuencia de tales acciones, perdió la vida.

 

Enumeró cada uno de los elementos que componen el sustento probatorio y finalizó requiriendo la modificación de la medida cautelar: “El 1 de marzo había mucho por hacer y se presumía que podían surgir agravantes; y en este mes se ha avanzado mucho por lo que la situación se modificó sustancialmente contando hoy con los elementos de convicción alcanzados que nos permiten prever que este hecho tendrá una condena de cumplimiento efectivo”.

 

“Contamos hoy con los agravantes del exceso de velocidad y el exceso de alcohol lo que da cuenta de una conducta temeraria; obtuvimos videos del hombre previos al hecho en los que ya infringía pautas sociales que dan cuenta de una insensibilidad, desprecio por la vida humana y por las normas sociales que no nos permiten sostener aquella morigeración que implica la preventiva domiciliaria. En función del agravamiento de su situación sólo podemos asegurar que no se va a dar a la fuga si se mantiene alojado en un penal”, dijo al momento de fundamentar las nuevas condiciones de la medida cautelar requeridas.

 

Estos argumentos contaron con la adhesión de la querella que destacó que debía ser “el Estado quien controle las condiciones de la medida cautelar”. La defensa, en cambio, se opuso a tal pedido aludiendo al cumplimiento de la medida cautelar, el arraigo, que el hombre tiene tres hijos (dos de ellos chicos) y que la prisión preventiva no debe ser una pena anticipada. Finalmente el Juez Juan Pablo Laurence explicó detalladamente los argumentos que sustentaron que hiciera lugar al pedido fiscal revocando la prisión preventiva domiciliaria y disponiendo la continuidad de la misma en una complejo de detención.

 

“La evidencia que se ha agregado hoy es de peso y podría ser fundamental para brindarnos certeza de que usted es autor de los delitos endilgados, ésto provoca una variación en aquella situación a la que se agregan varias agravantes como la fuga, los efectos del alcohol en un alto grado de consumo y la excesiva velocidad, aspectos que dan cuenta de una conducción temeraria”, finalizó el Magistrado.

Fuente: Ministerio Publico Fiscal / Bariloche