El Consejo de la Magistratura de la Segunda Circunscripción Judicial resolvió este viernes por unanimidad rechazar los planteos de recusación y de revocatoria que planteó el Dr. Juan Pablo Chirinos, juez de Ejecución N° 10 de Roca, quien se encuentra provisoriamente suspendido de sus funciones en el marco de un proceso disciplinario.
En primer lugar el magistrado recusó la intervención en el proceso del presidente subrogante del Consejo, Dr. Sergio Barotto, y de la consejera jueza que representa al fuero Penal, Dra. María Evelina García Balduini.
El Consejo de la Magistratura en pleno resolvió el rechazo in límine de ambas recusaciones, declarando que son “extemporáneas” y porque no fueron planteadas por escrito, tal como exige la normativa aplicable. La moción de rechazo que formuló el Dr. Barotto tuvo el respaldo de los consejeros por el Colegio de Abogados Ángela Sosa, Federico Ambroggio y Juan Pablo Urquiaga; los consejeros legisladores Adrián Casadei y Alejandro Palmieri y la jueza García Balduini, quien únicamente se abstuvo de votar respecto de la recusación que la tenía como destinataria.
El segundo planteo fue la revocatoria a la resolución del Consejo de la Magistratura que el pasado 17 de abril había dispuesto el envío a Procuración y la suspensión preventiva del juez de Ejecución. Todos los agravios fueron denegados por los consejeros, quienes en forma unánime avalaron todo lo resuelto en la anterior sesión.
El segundo bloque fue para analizar la excusación presentada por el Procurador General del Poder Judicial, Dr. Jorge Crespo, quien en su carácter de órgano acusador del presente proceso disciplinario pidió ser apartado del caso por considerar que podría verse afectada su imparcialidad.
Con los votos coincidentes del juez Barotto, la jueza García Balduini y los tres representantes del Colegio de Abogados, el Consejo rechazó por mayoría la excusación del Dr. Crespo. Por su parte, los consejeros legisladores, en minoría, avalaron el pedido de apartamiento del titular del Ministerio Público.
Con la presente resolución, el sumario disciplinario debe continuar con la eventual elevación a juicio, es decir, la intervención del Procurador General para que defina si solicita o no al Consejo de la Magistratura la realización del juicio político.
Fuente: Comunicación Judicial Segunda Circunscripción