La Jueza de Garantías de Roca Natalia González tuvo por formulados los cargos por el presunto delito de “coacción” por el que la Fiscalía imputó al comisario Gedeón Israel Parra, denunciado por un supuesto intento de intimidación a un testigo citado a declarar en el juicio oral y público por el llamado “caso Solano”.
La jueza coincidió con el Fiscal del caso, Ricardo Romero, y consideró que “existen elementos para dar inicio a una investigación penal preparatoria”. Sobre los alcances de esta etapa inicial de las actuaciones, precisó que “esto no es un juicio, no se requiere certeza (sobre la existencia del delito y/o la autoría y responsabilidad penal del imputado); es simplemente que la fiscalía tiene evidencia suficiente como para pensar que el hecho ocurrió y para comenzar de manera formal la investigación de un hecho que, en principio, es ilícito”.
“El sobreseimiento solicitado por la defensa es prematuro en esta instancia, porque la investigación se está iniciando y en adelante ambas partes pueden desarrollar su investigación”, explicó la jueza en la audiencia.
De acuerdo con la imputación que sostuvo el fiscal Romero, el pasado 8 de mayo Parra se habría aproximado al testigo que esperaba para ingresar a declarar al juicio oral y “de manera intimidatoria” le habría efectuado manifestaciones “con la finalidad de coaccionarlo para que éste cambie su declaración en beneficio de (Sandro) Berthe”, uno de los siete efectivos policiales que están siendo sometidos a juicio por la presunta privación ilegal de la libertad y homicidio de Daniel Solano.
Por su parte el Defensor particular, Alberto Cariatore, rechazó hoy la formulación de cargos y solicitó el sobreseimiento directo de Parra, al afirmar que el hecho no existió ni se tipificó delito alguno. El imputado, en tanto, declaró ante la jueza y afirmó que el 8 de mayo sólo intercambió con el testigo “un saludo cuando pasó frente a mí y siguió su camino”, negando todos los demás extremos de la imputación.
Acuerdo por la libertad
Por otra parte, se arribó en la audiencia a un acuerdo expreso entre el Defensor y el Fiscal (que fue reflejado por la jueza González en su resolución) para que se disponga la inmediata libertad de Parra, por entender ambas partes que no están presentes los “riesgos procesales” que justifican el dictado de una prisión preventiva.
Las partes también coincidieron en las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía, que quedaron ordenadas por la jueza como: “fijar domicilio, no cometer nuevos delitos, presentarse una vez al mes en la Oficina de Control de Reglas de Conducta (de la Oficina Judicial de Roca) y la prohibición de acercarse a cualquier persona que sepa que es testigo del llamado ‘caso Solano’ y de concurrir a las audiencias de ese juicio oral, salvo que sea expresamente citado por el Tribunal”. “De lo contrario la Fiscalía podrá solicitar su prisión preventiva”, advirtió la jueza.
El caso
La situación denunciada llegó a conocimiento judicial en el inicio de la audiencia del “caso Solano” del martes 15 de mayo, cuando el abogado por la parte querellante, Leandro Aparicio, expuso la videograbación de una entrevista con el testigo en la que éste relataba lo presuntamente sucedido el día 8 de mayo en la Ciudad Judicial de Roca. En simultáneo, se radicaba en la sede del Ministerio Público Fiscal de Choele Choel la denuncia penal contra Parra.
Tras escuchar los requerimientos de la parte querellante y de la Fiscal del juicio, Teresa Giuffrida, los jueces María Evelina García Balduini, Gastón Martín y Oscar Gatti coincidieron en ordenar la demora de Parra para que el mismo sea “puesto a disposición del fiscal de turno”. Así asumió intervención en el caso el Fiscal Romero, quien hoy formuló los cargos en audiencia oral y pública.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro