Con la formulación de alegatos finales por parte de la fiscalía, la querella, la defensa penal oficial de la mujer imputada por el homicidio de Micaela Bravo quedó clausurado el debate que se llevó a cabo durante un mes.
En ese tiempo pudo escucharse a unos 55 testigos entre ellos familiares, entorno cercano, miembros de la iglesia a la que asistían, docentes del Jardín al que acudían los hijos de la víctima, empleados policiales, peritos forenses de diferentes ramas científicas.
La Fiscal Jefe, fue quien abrió la ronda de alegatos manifestando “que no se puede objetar que a Micaela Bravo la mataron de una manera violenta y lo hizo la imputada. Para llegar a esta conclusión debemos saber si en un momento a lo largo del debate se objetó que esto sucedió y no hay ningún tipo de controversia”.
Agregó que para poder trabajar la autoría que el Ministerio Público Fiscal que trajo con convicción, hay que analizar este legajo y el juicio entendiendo que es un trabajo de tipo indiciario. Este tipo de prueba debe guardar una relación directa, necesaria y su valoración debe ser de manera conjunta y concatenada”. Mencionó dos casos provinciales – Colque y Jesica Maldonado- como antecedentes y como fueron valorados los indicios en ambos casos por distintos tribunales. “Todos los elementos que planteamos en el alegato de apertura fueron acreditados”, agregó.
Realizó un detallado análisis de la prueba indiciaria por el tipo de cada uno -oportunidad física, participación en el delito, de móvil, de actitudes sospechosas- y que “no fueron controvertidas por la defensa”.
En la continuidad de su alegato y respecto al móvil de este hecho, mencionó la fiscal que “no fue un hecho aislado y fue el rechazo al vínculo que tenía la víctima con el hijo de la señora. Porque Micaela era grande, tenía hijos y porque estaba separada, la imputada estaba invadida de una concepción religiosa “.
“Tenemos a todos los grupos de indicios en este legajo. Los indicios son rastros mentales de aquellos que cometen los hechos en los que dan cuenta con pequeñas conductas que no pueden dejar de visibilizar su responsabilidad. Son manifestaciones posteriores”, sentenció.
Al momento de solicitar que la mujer sea declarada penalmente responsable del delito de homicidio simple, a tenor del artículo 79 del Código Penal remarcó que “el Ministerio Público y el equipo trabajó correctamente trayendo a la imputada a Juicio porque consideramos que es la responsable de la muerte de Micaela Bravo. No hay otro autor posible. Hay una serie de indicios inequívocos que dan solución a este caso. El amor la llevó a una emboscada mortal que había sido anunciada”.
De manera posterior el abogado querellante, adhirió a las manifestaciones realizadas por la fiscalía. El abogado dijo que “la investigación no se aplicó a buscar la verdad objetiva. No es que creamos que de haberse orientado la investigación de una manera distinta, se hubiera hallado a Micaela con vida, pero si tal vez, los chicos podrían haberse despedido de la madre”.
El ex marido de Micaela Bravo hizo uso de la palabra “si tenés que investigarme, hacelo” expresó refiriéndose a los primeros momentos de la investigación y lo que le manifestó al equipo de investigadores que llevaron adelante la búsqueda. Describió además la situación de sus hijos y la imposibilidad de despedirse de su madre, debido a las condiciones en que fue hallado el cuerpo.
Finalizó la rueda de alegatos el defensor penal oficial, quien resaltó que en el debate logró probar tres cosas. La primera de ellas que la acusada, no fue la última en ver a Micaela, en referencia a uno de los testimonios de una integrante del personal del jardín. Continuó refiriéndose a la presencia de un cromosoma Y en el pulgar derecho de la víctima “nos da cuenta de que hubo participación de alguien que se desconoce”.
“Hay cuatro cuestiones que permiten reafirmar la inocencia de la acusada o mirándolo de otro lado que la fiscalía no ha podido probar la autoría”. Mencionó el ADN incompleto de dos personas desconocidas en la zapatilla cuya huella se encontró en Mascardi, la tierra encontrada en la misma zapatilla y los pelos encontrados en la mano de la víctima. Hizo referencia además a las pruebas realizadas con luminiscencia sobre las prendas de la víctima.
Otro de los ejes de su alocución fue el rol de la ex pareja de la víctima “no digo que sea el autor, digo que gran parte de la acusación está basada en dichos de él contra la acusada”.
Sumó a ello que “la fiscalía tiene indicios, suposiciones, sospechas pero esas cuestiones no alcanzan para garantizar el estándar de certeza para condenar a alguien. Rumores de barrio, el dolor de una pérdida, todo eso no permite a mi juicio corregir los problemas de producción de prueba que se presentan”. Finalmente solicitó al tribunal que su asistida sea declarada inocente.
La imputada no brindó declaración alguna, al finalizar el debate.
Una vez formulados todos los alegatos, el Juez de Juicio que presidió el tribunal dió por cerrado el debate informando que el veredicto resultante se dará a conocer el 4 de agosto a las 12:00 horas; luego de diez días hábiles. Cabe recordar que este legajo fue declarado causa compleja por el Juez de Garantías que intervino en el legajo y según el Código Procesal de la provincia otorga este tiempo al tribunal para deliberar.
Ministerio Publico / Bariloche