Mediante una presentación en la causa judicial conocida como “LAGO ESCONDIDO”, los Dres. Juan Ernesto Montecino Odarda y Juan Martín Palumbo, apoderados de la actora Magdalena Odarda, recusaron a los jueces SERGIO MARIO BAROTTO, LILIANA LAURA PICHININI, SERGIO GUSTAVO CECI y RICARDO APCARIAN, en virtud de haber incurrido en causales de recusación con causa, en el marco del artículo 17 del CPCYC.
El instituto de la RECUSACION, tiene como objeto garantizar la imparcialidad del magistrado y su neutralidad a los fines de asegurar el debido proceso previsto en el artículo 18° de la Constitución Nacional. Asimismo, existe el llamado “CODIGO DE BANGALORE SOBRE CONDUCTA JUDICIAL DE 2001”, de aplicación obligatoria en el Poder Judicial de Río Negro que incorpora los PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA DE LOS JUECES, como garantía fundamental de la existencia de un juicio justo y el PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD que establece que un juez deberá desempeñar sus tareas judiciales sin favoritismo, predisposición o prejuicio.
Las CAUSALES DE RECUSACION de los jueces son, entre otras:
1)Falta de imparcialidad y enemistad manifiesta, dado la denuncia penal iniciada por ODARDA, junto a María Emilia Soria (ex Diputada Nacional y actual intendenta de la ciudad de General Roca) y Sivia Horne (Diputada Nacional mc), contra el ex Gobernador Weretilneck y los miembros del Superior Tribunal de Justicia, en base a los delitos de “cohecho”, “incumplimiento de los deberes de funcionario público” y “prevaricato” por haber indicado en una nota periodística que los Jueces del STJ iban a fallar a favor de la re re elección del ex Gobernador. La CSJN impidió luego la presentación del mismo por un tercer mandato como Gobernador de Río Negro violando la Constitución Provincial.
2) Falta de imparcialidad a raíz de la denuncia presentada por ODARDA al STJ por imponer las costas judiciales a las ciudadanas que denunciaron la contaminación del Lago Nahuel Huapi, ante la Comisión de Juicio Político de la Legislatura Provincial mediante expediente nro. 1194/2017.
3) Falta de imparcialidad e independencia del Dr. SERGIO CECI, quien se desempeñó como FISCAL DE ESTADO ADJUNTO desde 1999, durante el gobierno del ex Gobernador Pablo Verani, cuando Joseph Lewis compró la Estancia Lago Escondido. Dicha operación de venta fue denunciada por la Procuración de Investigaciones Administrativas por fraude a la ley argentina, al encontrarse el campo en área de fronteras y ser adquirido por sociedad de capitales extranjeros. Por otra parte, durante su gestión a cargo de la FISCALIA DE ESTADO, supervisó la firma del convenio de servidumbre de tránsito por el “sendero de montaña”, como única vía de acceso al Lago Escondido.
Por otro lado, el Juez CECI, se desempeñó como asesor del bloque de legisladores del oficialismo provincial y asesoró en varios expedientes en contra de ODARDA.
4) Falta de imparcialidad e independencia del DR. APCARIAN, dado que se desempeñó como letrado patrocinante particular del ex Gobernador Alberto Wertilneck en innumerables causas judiciales y fue abogado de la Municipalidad de Cipolletti, cuando aquel fue Intendente de esa ciudad. Además, votó favorablemente en la destitución de la Jueza ERICA FONTENLA, en base a una denuncia del abogado de la empresa de Joe Lewis.
5) Falta de imparcialidad e independencia del Dr. SERGIO BAROTTO, al igual que otros de los Jueces, al haber emitido opinión en la causa previamente en la sentencia de fecha 6 de septiembre de 2016.
Por lo tanto, dichos Jueces deben ser apartados de la causa LAGO ESCONDIDO, para garantizar el buen funcionamiento del Poder Judicial y que ninguna persona dude de su imparcialidad e independencia.
Fuente: Prensa Dra. Magdalena Odarda