La tarea cotidiana de la Defensa Pública incluye la atención de justiciables de distintas edades, en su mayoría jóvenes y de mediana edad, pero también llegan a los Centros de Atención de la Defensa Pública rionegrinos consultas de adultos mayores.
Los temas convocantes son el abordaje para cumplimentar una cuota alimentaria, el inicio de una guarda o tutela a favor de sus nietos, el inicio de un régimen de comunicación y también la solicitud de intervenciones por temas de violencia.
Ante la sensibilidad de los casos y, por tratarse de una población que exige mayores recaudos de cuidado, se hace necesaria la escucha activa que desempeña el equipo de la Defensa de Familia. En estos tiempos se advierten, cada vez con mayor frecuencia, situaciones de extremo riesgo al que son expuestas muchas personas mayores. A veces el maltrato es físico, muchas veces intrafamiliar, también se identifica del tipo psicológico y económico.
“Los hijos o los vecinos observan este tipo de situaciones, los ven sin aseo o advierten que pasan mucho tiempo solos, o que no tienen sus necesidades materiales cubiertas a pesar de tener recursos. En casos así, es fundamental recordar que se puede realizar una denuncia, hasta con identidad reservada”, explican desde la Defensa Pública
Entre las situaciones enumeradas, confirman que es recurrente que “algún familiar o amigo del adulto mayor, sea designado “apoderado”, y de esta manera se lo autoriza para cobrar jubilaciones, pensiones y otros beneficios de Anses, y luego de percibidos dichos ingresos no llegan al verdadero destinatario. También nos relatan que se solicitan créditos en su nombre”, describe el equipo de defensores y defensoras.
Cuando se denuncian situaciones de violencia física o económica, se requieren medidas y las unidades procesales de Familia dan inmediata intervención a la Subsecretaría de adultos mayores del Área de Desarrollo. “Generalmente luego del informe y actuación de dicho organismo se adoptan medidas, y en caso de gravedad, se puede resolver la exclusión del que ejerce violencia del domicilio y una prohibición de acercamiento”, detallan desde el Ministerio Público de la Defensa.
El pasado noviembre el Congreso Nacional sancionó la Ley 27700, mediante la cual se otorga jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos durante la 45° Asamblea General de la OEA. De esta manera Argentina cuenta con la Ley 27700 que define como persona mayor a “quienes tienen 60 años o más, (…) concepto que incluye, entre otros, el de persona adulta mayor”.
Ministerio Público De La Defensa / Rio Negro