Desde junio de este año los municipios que ejecutan deudas fiscales se sumarán a la plataforma de Inteligencia Artificial que utiliza el fuero Contencioso Administrativo. El área de Informatización del Poder Judicial asistirá a las dependencias comunales para que puedan adaptar sus sistemas y compatibilizar los certificados de deuda.
En una primera etapa, la Agencia de Recaudación Tributaria adecuó los certificados de deudas para que pudieran ser procesados por el desarrollo de Inteligencia Artificial del fuero Contencioso.
Desde ese momento, todas las ejecuciones fiscales de la provincia se realizan de forma automática, mediante la aplicación de Inteligencia Artificial. Las y los jueces del fuero consensuaron un modelo de sentencia y dos fórmulas para la regulación de honorarios.
En esta segunda etapa, el Poder Judicial pretende incorporar a los municipios. Muchas ciudades y localidades de la provincia ejecutan deudas por impuestos, tasas y contribuciones. Ese proceso se realiza hasta ahora en modo tradicional, ya que todos los certificados de deudas son distintos.
El área de Informatización de la Gestión Judicial invitó a los municipios a participar de una reunión virtual,. El espacio de diálogo sirvió para evacuar consultas y allí el personal del Poder Judicial se comprometió a asistir a las áreas comunales tanto en el aspecto de los desarrollos informáticos y requerimientos, como en los requisitos que la Inteligencia Artificial les exige a los certificados de deudas.
A partir de este momento, comienza un periodo de trabajo conjunto para poder adaptar los servicios informáticos y el modelo del certificado de cada localidad. Se estima que para junio de este año, los municipios que impulsan ejecuciones fiscales podrán hacerlo bajo la plataforma digital.
Tres minutos con Inteligencia Artificial
Las ejecuciones fiscales de la Agencia de Recaudación Tributaria son procesadas por el sistema en tres minutos. En cambio en el modo tradicional que utilizan los municipios, la duración estimada para arribar a una sentencia es de una hora. En ese caso depende de cómo esté confeccionado el certificado de deuda, ya que todas las localidades utilizan distintos modelos. En ocasiones, se deben contrastar los datos con los de la demanda y examinar si el demandado se encuentra en una sucesión, concurso o quiebra.
Fuente: Comunicación Judicial RN