Prohibición de venta y uso de pirotecnia sonora

General Roca – Se recuerda a la población que mediante la Ordenanza Nº 4919/20, quedó establecida la Prohibición de Venta y Uso de Pirotecnia Sonora, como así también de globos de papel en la ciudad de General Roca.

La sanción de esta Ordenanza responde a la demanda de un amplio sector de la sociedad, teniendo en cuenta los perjuicios que generan los estruendos sobre las mascotas (provocándoles daños, accidentes, pérdidas) y sobre personas con sensibilidad auditiva, en particular aquellas que padecen TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down y Trastornos Generalizado del Desarrollo (TGD).

El incumplimiento de la presente ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se solicita a los vecinos y vecinas respetar la normativa y evitar multas.

Cabe resaltar que la Ordenanza sólo permite la venta de pirotecnia lumínica, sin efecto sonoro, con previa autorización para su comercialización. Es así que se detallan a continuación los comercios habilitados para la venta al por menor de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, según la ordenanza N° 4919/20:

-Kiosco Josue – Encinas Cristian – Mitre 2326.

-Planet Regalo – Martínez Jorge – La Plata 950.

-Kiosco La Reina – Martínez Lucrecia – Av. Roca 1993.

-Despensa Morena – Navarrete Miriam – Ushuaia 2174.

-MiniShopping – Saez María – O’higgins 1607

Fuente: Prensa Municipalidad General Roca