La jueza de Garantías de Cipolletti, Laura González Vitale, dictó resoluciones urgentes en el marco del hábeas corpus N° 163/16, en el cual se analizan ciertas condiciones de detención y funcionamiento del Establecimiento de Ejecución Penal N° 5, ubicado en esa ciudad.
Dando curso a una solicitud del fiscal Oscar Cid y con la debida intervención del Defensor Público Juan Pablo Piombo, la jueza habilitó la feria judicial y realizó una visita a la unidad de detención para verificar las condiciones de hacinamiento denunciadas en el sector de celdas de aislamiento. Tras esa recorrida, de la que participaron la Fiscal Adjunta Ivana Vassellati y el Defensor Piombo, el 18 de enero la jueza dirigió una audiencia con los fiscales Guillermo Merlo y Vasselatti, el Defensor Público antes mencionado y el Secretario de Seguridad y Justicia de la provincia, Dr. Marcelo Esteves. En la oportunidad se analizó como tema central la situación de hacinamiento y como asunto complementario se escuchó a un técnico de Aguas Rionegrinas, quien brindó precisiones sobre el sistema de abastecimiento de agua a la unidad.
Al momento de la visita al centro penitenciario, la jueza constató la presencia de nueve personas detenidas en el sector de aislamiento, a razón de dos personas por celda en casi todos los casos. Se trata de celdas cuya superficie no supera los 3 metros cuadrados y que están reglamentariamente destinadas al alojamiento individual de personas de manera provisoria, no permanente.
Tras analizar los planteos formulados en la audiencia, la jueza González Vitale resolvió otorgar un plazo de 48 horas al Director del Establecimiento Penal N° 5 para la reubicación de los detenidos que se encontraban hacinados en esas celdas de “reflexión o aislamiento”, ordenándole que asegure el alojamiento de no más de un interno por plaza.
La jueza de Garantías otorgó además un plazo de 5 días para que no permanezca ningún interno alojado “de manera continua por más de 24 horas” en esas celdas, por cuanto el alojamiento permanente en esas condiciones implicaría una infracción a normativa internacional, concretamente a las Reglas Mínimas de Tratamiento de Reclusos (Reglas de Tokio y Reglas Mandela -ONU-). En su resolución la jueza destacó el compromiso internacional que tiene Argentina al respecto, por ser un país integrado al Sistema Interamericano de los Derechos Humanos.
Debido a que el trámite del hábeas corpus se habilitó en feria exclusivamente para abordar la temática del hacinamiento, se dispuso que los restantes puntos de la presentación sean analizados tras la finalización del receso judicial.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial