Allen.-La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Allen informa que se encuentra en vigencia la Ordenanza Municipal Nº 093/2017, a través de la cual se establece la obligatoriedad de solicitar autorización municipal para organizar eventos especiales en la vía pública o espacios privados, para quienes no cuenten con habilitación específica para tal fin.-
La norma sancionada por el Concejo Deliberante de nuestra ciudad establece que para la organización de eventos especiales; ya sean culturales, religiosos, deportivos y/o similares, se deberá contar con la autorización del Intendente Municipal, la cual se deberá gestionar con un mínimo de antelación de cinco días hábiles ante la autoridad de aplicación.-
La Ordenanza Municipal Nº 093/2017 en su articulado establece textualmente:
… Que para la organización de eventos especiales; ya sean culturales, religiosos, deportivos y/o similares, se deberá contar con autorización del Intendente Municipal, la cual se deberá gestionar con un mínimo de antelación de cinco días hábiles ante la autoridad de aplicación.-
… Que la documentación general a presentar para la realización de eventos especiales a realizarse en sectores de calles, veredas, parques o cualquier otro espacio público o privado, será la siguiente:
– Nota de solicitud de autorización, firmada por persona física o Jurídica, con indicación del responsable de coordinación, organización o realización del evento.-
– Servicio de emergencia médica provisto por salud pública o privada, consistente en ambulancia y personal capacitado.
– Presentación de certificación de pago de SADAIC para eventos musicales o cuando se deba reproducir música.-
– Nota de solicitud de policía adicional dirigida a la Policía de Río Negro, con confirmación del servicio certificado por tal Institución.-
– Servicio y/o contratación de personal de seguridad adicional debidamente habilitado, para el caso de que se prevea la asistencia de más de setecientas personas.-
– Nota solicitando la inspección por parte de la Dirección de Defensa Civil del Municipio, de las medidas de seguridad del evento previo a la autorización.-
– Solicitud a la Dirección de Tránsito de corte total o parcial de arterias afectadas a la realización del evento.-
– Póliza de Seguro del espectador y de los organizadores por una cobertura mínima $ 1.000.000,00 con endoso a favor de la Municipalidad de Allen.-
En el caso de que se prevea una participación masiva estimada en más de 1.000 espectadores, a lo solicitado se le deberá además anexar:
– Plan operacional previsto por la Policía de Río Negro.
– Servicio de Emergencia Médico con una segunda ambulancia, enfermero y médico.
– Nota de comunicación con cargo de recepción a los Organismos de Salud Público y Privado a efectos de alertarlos ante situaciones de probable intervención.-
– Nota de comunicación con cargo de recepción, a Bomberos Voluntarios de la localidad, a efectos que si esta Fuerza lo considera necesario, se establezca con una guardia activa en el evento.-
– Contratación de baños químicos si el lugar donde se realiza el evento no cuenta con la cantidad necesaria.-
La normativa también establece la obligatoriedad de pedir autorización para la organización de:
* Espectáculos de competencias deportivos competitivos o no, y/o recreativos con participación de motocicletas, motos, automóviles o utilitarios de competición y/o de exhibición.-
* La realización de eventos de ciclismo deportivo, pruebas atléticas y combinadas que transite por calles, avenidas y caminos dentro del ejido de la localidad.-
También establece que además de los recaudos enumerados la autoridad de aplicación podrá exigir el cumplimiento de cualquier otro requisito adicional según las características especiales del evento.-
Así mismo dispone que en caso de eventos que afecten arterias y/o caminos, se deberá comunicar a la población, el día, horario y arterias que quedarán interrumpidas al tránsito con un mínimo de 24 horas previas a la realización del mismo.-
Fuente: Prensa Municipalidad de Allen.-imágenes ilustrativas