Las partes acordaron solicitar 10 años y 8 meses de prisión por el homicidio de Víctor Fabián Haro

Viedma – Se llevó a cabo la primera audiencia del Juicio Oral y Público por el Homicidio de Victor Fabián Haro, ocurrido en mayo del 2015. La Fiscalía, la Querella y la Defensa presentaron un acuerdo para que el imputado, Mariano Miguel Moyano, mediante un procedimiento abreviado parcial, sea condenado a 10 años y 8 meses de prisión efectiva.

El Tribunal fue presidido por el juez Carlos Reussi, y se integró también por lo vocales Itziar Soly y Adrian Dvorzak. El Ministerio Público estuvo representado por la Fiscal Paula Rodriguez Frandsen. Además participó el abogado Guillermo Campano por la Querella -en representación de la viuda de la víctima-, y Damián Torres como abogado defensor del imputado.

Moyano llegó al inicio del debate acusado de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y abuso de armas. Al imputado se le acusa de concurrir junto a otro sujeto a la vivienda de la víctima y realizar allí varios disparos.

La víctima y otro sujeto comenzaron a buscar por distintos puntos de la ciudad a los agresores. Las partes se encontraron nuevamente en cercanías de calle 20 y 13. Tanto la víctima como el imputado en esos momentos hacían las veces de acompañantes en sendas motocicletas. En esas circunstancias, el acusado disparó varias veces en contra de la víctima, impactando un proyectil en la zona abdominal de Haro, lo que le produjo importantes lesiones que finalmente le provocaron la muerte.

A poco de iniciarse el juicio, la Fiscal explicó que se había llegado a un acuerdo con las partes para convertir la audiencia en un pedido de Juicio Abreviado. Adhirieron tanto la Querella, como representante de la víctima, y la Defensa.

El Tribunal, luego de un cuarto intermedio, por unanimidad decidió hacer lugar al planteo de las partes. El presidente del Tribunal explicó que en principio se analizó si existía o no la posibilidad de cerrar un acuerdo en esta etapa del proceso y afirmó: “estamos frente a un proceso de índole acusatorio en donde las convenciones de las partes en principio son válidas. La única duda es que estamos ante un rango de pena mayor al que se admite para los Juicios Abreviados plenos del (artículo) 213, por lo cual advertimos que la vía elegida de un acuerdo parcial parecería adecuada y prudente frente al marco legal”.

Luego, se abordó la imposición de pena, tras estar de acuerdo las partes en realizar la Audiencia de Cesura a continuación. La pena solicitada fue de 10 años y 8 meses de prisión efectiva, considerando como autor a Mariano Miguel Moyano, quien admitió haber cometido el hecho, la calificación legal y la pena fijada.

En los próximos días se conocerá la sentencia.

 

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro