La Cámara Laboral de Cipolletti, a través de un recurso de amparo que se resolvió con una medida cautelar en dos horas, le ordenó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) Federación Patronal Seguros brindarle la cobertura de prestaciones a una mujer que sufrió un accidente de tránsito camino a su trabajo en septiembre de este año.
La cobertura de prestaciones implica el traslado urgente a una clínica de Neuquén puesto que así lo recomendaron los médicos del hospital de Cipolletti, lugar donde la mujer está internada desde el día del accidente.
Los profesionales afirmaron que la clínica neuquina es el único centro en la región que reúne las condiciones y los servicios para brindarle una adecuada rehabilitación a la paciente y, además, tiene la complejidad necesaria para asistirla en caso de que su cuadro resulte agravado.
La paciente estaba esperando la respuesta de la ART desde el 7 de diciembre pero la aseguradora respondió con evasivas. Entonces un familiar de la mujer presentó el recurso de amparo ante la Cámara Laboral.
La paciente tuvo un accidente en la Ruta 22 el 7 de septiembre de 2018 mientras se dirigía a trabajar. Ingresó al hospital de Cipolletti con un paro cardio respiratorio, contusiones y múltiples fracturas. A raíz de la gravedad de las lesiones la trasladaron a la Unidad de Terapia Intensiva con asistencia respiratoria mecánica.
Luego de un mes de internación, surgieron múltiples complicaciones infecciosas. Su cuadro se complicó con una meningitis postquirúrgica.
Los médicos afirmaron que las infecciones fueron provocadas por la estadía prolongada en la Unidad de Terapia Intensiva y que el único modo de evitar esas complicaciones era “descomplejizandola” es decir sacarla de Terapia Intensiva, quitarle las múltiples sondas invasivas (portadoras de gérmenes) y brindarle rehabilitación.
En ese contexto, recomendaron que la clínica de Neuquén es el único centro de rehabilitación de la zona ajustado para el diagnóstico de la paciente. Los profesionales también afirmaron que el momento oportuno para el traslado fuera la primera semana de diciembre, sin embargo pasaban los días y la ART no ofrecía una respuesta. Con la intervención judicial, finalmente, la derivación se hizo efectiva.
El fallo lleva la firma de los jueces Luis Lavedán, Raúl Santos y Luis Méndez.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro