Bariloche – Visto: La convocatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial, resuelta por el decreto N° 07/19 para elegir autoridades electivas provinciales a los cargos de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia de Río Negro, cuarenta y seis (46) Legisladores Provinciales Titulares y cuarenta y seis (46) Legisladores Provinciales Suplentes, para el día 7 de abril de 2019. Que en consecuencia se impone la necesidad de nominar candidatos, por lo que Junta Directiva Partidaria del Partido Unión y Libertad en cumplimiento del art. 57 de la COP y en ejercicio de facultades que les son propias y en el marco de la legislación electoral vigente,
RESUELVE:
Artículo 1. Convocar a Elecciones internas para el día 10 de febrero de 2019 en locales a designar, para la nominación de las candidaturas a cargos electivos provinciales que el Partido Frente Grande Distrito Río Negro sostendrá en las elecciones del día 7 de abril de 2019, en orden a las candidaturas que se enumeran a continuación:
A. Fórmula de Gobernador/a y Vicegobernador/a de la Provincia de Río Negro.
B. Veintidós (22) Legisladores Titulares y veintidós (22) Legisladores suplentes de representación poblacional.
C. Veinticuatro (24) Legisladores Titulares y veinticuatro (24) Legisladores suplentes de representación regional elegidos a razón de tres titulares y tres suplentes de cada circuito electoral de acuerdo a los ocho (8) circuitos establecidos:
1. Alto Valle Oeste.
2. Alto Valle Centro.
3. Alto Valle Este.
4. Valle Medio.
5. Valle Inferior.
6. Atlántico.
7. Sur.
8. Andino.
Art. 2. Aprobar el siguiente cronograma electoral que instrumentará la Junta Electoral Partidaria:
– Fecha de los comicios: Lunes 11 de Febrero de 2019 de 8 a 18 hs.
– Exhibición de padrones: hasta el día del comicios en el domicilio de la Junta
Electoral Partidaria, sita en calle Mitre n° 1032 de Viedma de 8 a 12 hs.
– Presentación de listas, y modelos de boletas: vence el Viernes 8 de febrero de 2019 a las 18 hs.
– Oficialización de boletas de sufragio: 9 de febrero de 2019 a las 20 hs.
– La Junta Electoral Partidaria Provincial es la autoridad de los comicios y funcionará en el domicilio indicado antes.
Art. 3. Estarán habilitados a ser candidatos, a avalar listas y a votar en las elecciones internas los afiliados al Partido Unión y Libertad en un todo de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Partidaria. Se autoriza la incorporación de candidatos extrapartidarios dado que la participación de aquéllos contribuirá a aumentar el caudal electoral del partido.
Art. 4. El orden de prelación al que acceda cada candidato con motivo de esta elección no es considerado definitivo quedando establecido que dicho orden quedará condicionado a las probables incorporaciones de candidatos extrapartidarios, según la resolución que en definitiva adopten las autoridades competentes;
Fdo.
Gerardo Del Río – Presidente
Marcos Rivera – Vocal 1°
Arabarco Gabriel – Vocal 3°
Fuente: Prensa Partido Unión y Libertad