“No es con las fuerzas de seguridad desapareciendo y asesinando jóvenes, como Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, reprimiendo a las comunidades indígenas, violentando las leyes, ni creando falsos relatos de “enemigos internos”, falsedades que han sido constatadas por la justicia como lo ejemplifica el fallo de Cámara Federal de Apelaciones de General Roca en el que se demuestran las mentiras y el encubrimiento de la Ministra Patricia Bullrich sobre los hechos que terminaron con el asesinato de Rafael Nahuel”, indicó el legislador Marcelo Mango (FG-FpV)
El legislador provincial Marcelo Mango (FrenteGrande-FpV) presentó un Proyecto de Ley de adhesión a la Ley 27.400, la cual adhiere a la Declaración de la ONU sobre Derechos de Pueblos Indígenas y Declara Emergencia Propiedad de Tierras de Comunidades Indígenas. La sanción de la Ley Nacional Nº 27.400 prorroga el plazo establecido en los Artículos 1°, 2° y 3° de las Leyes Nº 26.160, 26.554 y 26.894 hasta el 23 de noviembre del año 2021, y pone a los poderes de los Estados ante la realidad de construir los consensos políticos y las correlaciones de fuerzas necesarias para avanzar definitivamente en la concreción que “establece un plexo de derechos colectivos que tienen como eje el derecho a la autonomía, entre los que se cuenta…el derecho a las tierras, a los territorios y a sus recursos, el derecho a la organización con instituciones propias, el derecho a fijar las prioridades para el desarrollo autónomo y el derecho a la consulta y participación en todos los asuntos que afectan sus intereses…” (Pueblos Indígenas en la Argentina – Una Compilación -Sebastián Demicheli Calcagno y otros, sep. 2015.)
Por su parte, el legislador Mango (FG-FpV) “los últimos datos publicados en medios de prensa regional -que no han sido desmentidos por las autoridades correspondientes- indican los incumplimientos por parte del Estado Nacional y que lejos de solucionarse se siguen cometiendo”. Entre otros aspectos, en una publicación del diario Río Negro (23/04/2019), se indica que “50 son las comunidades indígenas que hasta ahora se relevaron en Río Negro. Inicialmente se estima incluir en la segunda etapa a 60 pero se cree que hay 160 en territorio rionegrino.”
Asimismo, Mango (FG-FpV) expresó que “seguramente debemos elaborar otras normas que, sobre el reconocimiento del núcleo mínimo de derechos que consagra el marco federal, nos permitan hacer realidad los derechos ancestrales de los pueblos indígenas. Sin embrago este no es el problema mayor. Es problema de voluntad política, es problema de relación de las fuerzas democráticas sobre los intereses terratenientes, extranjeros, de especulaciones y mafiosos”. Y replicó, “en Río Negro no hemos logrado tener una sola propiedad comunitaria de la tierra producto de la Ley Nacional Nº 26.160 y de las que en lo sucesivo ampliaron los plazos para cumplirla. Los pueblos originarios y sus organizaciones vienen reclamando históricamente no solo en cumplimiento de lo que ordena esta Ley, sino también el Art. 75, inciso 17, de la Constitución Nacional y el Convenio Nº 169 de la OIT, entre otras legislaciones. También tenemos lo preceptuado en la Constitución Provincial (Art. 42) y en nuestras leyes provinciales como por ejemplo la Ley D Nº 2.287-CODECI- y las Leyes ya mencionadas, 4.275 y 4.930”.
“No es con las fuerzas de seguridad desapareciendo y asesinando jóvenes, como Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, reprimiendo a las comunidades indígenas, violentando las leyes, ni creando falsos relatos de “enemigos internos”, falsedades que han sido constatadas por la justicia como lo ejemplifica el fallo de Cámara Federal de Apelaciones de General Roca en el que se demuestran las mentiras y el encubrimiento de la Ministra Patricia Bullrich sobre los hechos que terminaron con el asesinato de Rafael Nahuel. No es de esta manera como vamos a resolver los conflictos. Es con la vigencia de la Constitución, de los Acuerdos Internacionales, de las leyes de la República y las leyes de la Provincia, con el Estado de Derecho, con el respeto a las libertades individuales, con la condena a toda acción que atente contra la vida de las personas”, cuestionó el legislador Mango (FG-FpV).
El artículo 14 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas, de raigambre supra legal en función de la incorporación del derecho internacional de los derechos humanos al derecho interno conforme artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, y ratificado por ley nacional número 24.071, es muy claro respecto de las responsabilidades que le caben a los gobernantes: “Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión”. “Es decir, es obligación ineludible del Estado el relevamiento, determinación y demarcación de los territorios indígenas”, indicó el parlamentario rionegrino (FG-FpV) .
“Visto que los proyectos que presentamos en 2017 (Expte. Nº 661; 703 y 936; que no han sido tratados y que se refieren a los derechos de los Pueblos Indígenas y la obligación del Estado como principal responsable hacerlos realidad), y considerando el contexto actual es que proponemos un proyecto de Ley mediante el cual la provincia de Río Negro adhiera a la Ley Nacional Nº 27.400 y a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. A su vez, es necesario se Declare la Emergencia en todo el territorio provincial en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas de la provincia de Río Negro”, concluyó el legislador rionegrino Marcelo Mango (FG-FpV).
Fuente: Prensa Legislador Marcelo Mango – FG-FpV