Viedma: condenaron a 16 años a un hombre acusado de abusar de tres hermanas menores de edad

El Tribunal integrado por los jueces Carlos Reussi, Guillermo Bustamante y Daniela Zágari condenó a Oscar Pedraza a 16 años de prisión, luego de haberlo declarado responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración en el tiempo, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda.

Se le imputaron tres hechos. El ahora condenado era camillero en el hospital público de Viedma.

Durante el debate la Fiscalía estuvo representada por Paula Rodriguez Frandsen, la querella por María Julia Mosquera y la defensa del imputado fue ejercida por el abogado particular Nestor Larroulet.

Al imputado se lo acusó de haber abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de tres hermanas menores de edad. El hombre era pareja de la madre de las víctimas y durante el tiempo que ocurrieron los abusos estaba a cargo de la guarda de las niñas.

En la audiencia de cesura la Fiscalía solicitó se condene al imputado a la pena de 14 años de prisión

efectiva. A su turno la Querella pidió la pena de 16 años de prisión efectiva, mientras que la Defensa pidió que se aplique a su defendido la pena de 4 años de prisión.

En la sentencia el Tribunal afirmó su postura a favor de la Querella, “tomando en cuenta que las circunstancias en las que Pedraza llevó a cabo su agresión, la extensión del daño que provocó en sus víctima y la existencia de signos de estrés postraumático que fueron percibidos con claridad en ocasión de la audiencia, encuentran una justa sanción en los dieciséis años de prisión”.

“No es posible fijarse el mínimo que establece la norma por la magnitud de las circunstancias agravantes que rodean la conducta de Pedraza, descarto así por inconducente la pretensión del Defensor”, dice la sentencia.

Por último en la la sentencia se explicó: “La extensión del daño ocasionado ha sido visible en ocasión de las audiencias, no solo por lo declarado por los profesionales de la salud psíquica, sino por lo observado y lo oído de las víctimas, el daño psíquico es tangible, fue observado”.

Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro