Doce años de cárcel por abuso sexual y prisión preventiva en un caso de Cipolletti

Ayer al mediodía un tribunal de Cipolletti condenó a doce años de prisión al padrastro de una niña que fue sometida a abusos sexuales entre 2016 y 2018. El hombre primero comenzó por manosearla y después la violó. Fue detenido con prisión preventiva antes de la lectura del fallo.

El juicio se realizó en los últimos días pero el debate no fue público por tratarse del abuso sexual de una niña que estaba entrando en la adolescencia. Ocurrió en un barrio de Cipolletti y el acusado era pareja de la madre, con quién convivían. El nombre no se consigna aquí para resguardar a la niña. Los hechos sucedieron en el transcurso de 2016 y 2018 en distintas ocasiones.

Las juezas Alejandra Berenguer, Sonia Martín y el juez Guillermo Baquero Lazcano consideraron válidas las pruebas presentadas por la fiscalía. Intervino también la defensoría de menores y la defensa pública en representación del imputado.

Hoy fue condenado por tres hechos de abuso sexual simple y dos hechos de abuso con acceso carnal ambos agravados por la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años de edad.

El tribunal le aplicó doce años de prisión y ordenó detenerlo con prisión preventiva.

Respecto de la preventiva consideraron:

“En estas condiciones y ante la expectativa cierta de una condena como la dictada, de continuar en libertad el acusado, se corre un serio y objetivo riesgo de fuga, y con ello de verificarse, se frustraría el derecho de la víctima. A su vez no se cumpliría con los fines del Estado, de asegurar la justicia y el cumplimiento de sus sentencias. No desconocemos que la libertad es la regla a seguir durante el proceso, pero sucede aquí que el juicio ha finalizado, la prueba fue puesta sobre el tapete, se aseguró el derecho de defensa, el Ministerio Público Fiscal y el que representa los intereses de la menor víctima han encontrado culpable al acusado y la pena peticionada fue la fijada en la Sentencia del día de la fecha. La medida cautelar es ineludible, su duración será breve, hasta que adquiera firmeza el fallo o bien el lapso que dure la tramitación y resolución del recurso de impugnación al que seguramente acudirá la Defensa. En consecuencia corresponde bajo estas consideraciones ordenar la inmediata detención del condenado y así lo ordenamos en el presente”, dice la resolución.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro