Este mediodía, el tribunal que realizó el juicio de responsabilidad en Cipolletti encontró culpable a un hombre acusado por abuso sexualmente gravemente ultrajante de una niña. La pena que le corresponderá será motivo de debate debatido en el juicio de cesura, que es la segunda etapa del proceso.
El juicio comenzó el 17 de febrero y el tribunal estuvo presidido por la jueza María Florencia Caruso, el juez Julio Sueldo y la jueza Sonia Martín. El imputado contó con la defensa de un abogado particular. Por la parte acusadora participaron la fiscal Eugenia Vallejos y la querellante.
Surgió del juicio que el hombre era pareja de la madre de la víctima y por eso su identidad no se consigna aquí. Se busca evitar la identificación de la niña quien lo consideraba un “papá del corazón”. El caso ocurrió en Cinco Saltos cuando la nena tenía nueve años.
Este mediodía, el hombre fue hallado penalmente responsable por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de convivencia de una menor de edad.
A partir de esta declaración de responsabilidad, la Oficina Judicial de Cipolletti deberá fijar la fecha del juicio de cesura para que el tribunal determine la pena correspondiente.
La jueza de juicio María Florencia Caruso consignó en el veredicto conocido hoy: “a modo de conclusión, puedo decir, con el grado de certeza, que se necesita en esta etapa del proceso que R. es penalmente responsable de los hechos de los cuales se lo acusa, el abuso sexual gravemente ultrajante existió. Las declaraciones fueron escuchadas y la víctima fue creíble, coherente, sólida, no se advierte de su relato fisuras ni contradicciones, pudo detallar los hechos vividos; existe un hilo secuencial que comienza con el develamiento de ella -a los 16 años (…) a partir de allí relató los hechos traumáticos a su primo, su madre, psicóloga, profesora, perito, a todos en idéntico sentido, de igual manera; las actitudes que ha tenido la víctima demuestran su pudor para hablar, la tardanza, la angustia, la culpa, la vergüenza; pero su declaración ha quedado corroborada con los demás indicios que se necesitan en este tipo de hechos -denominados delitos entre paredes- donde no hay testigos presenciales, por eso son tan importantes las declaraciones y las pericias psicológicas; siendo el soporte, el sostén de la declaración de la víctima. Me resta decir que estos hechos fueron cometidos en la intimidad de un hogar, donde la víctima había depositado toda su confianza en el abusador, a quien consideró como un padre, quien además la fue preparando, para cada vez ir ganando más terreno (…) hay una preparación y una confianza que iba creciendo y él iba aprovechando”.
Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro