Un trabajador del cementerio de Cipolletti sufrió un accidente laboral en el momento en que estaba bajando un féretro muy pesado. El nicho se rompió y el cajón se cayó violentamente sobre su rodilla derecha. La Cámara Laboral de la ciudad, en pleno aislamiento, dispuso audiencia por videollamada de WhatsApp y fijó una indemnización de 70 mil pesos.
En una primera instancia el trabajador fue atendido en una clínica y le indicaron reposo. Luego la ART rechazó el accidente laboral con el argumento de que la rotura del menisco era previa al episodio. La Comisión Médica también adoptó esa postura y determinó que no correspondía indemnizarlo.
El hombre, de 38 años, no se conformó con la respuesta administrativa y judicializó el caso. En ese momento se dispuso el aislamiento social debido a la pandemia del Covid-19.
En ese contexto el tribunal dispuso una audiencia remota para el 27 de abril mediante videollamada de WhatsApp. Luego de escuchar a las partes y de analizar el dictamen de una médica del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, los jueces admitieron una incapacidad del 4,44% y fijaron una indemnización de 71.879,28 pesos más intereses.
La indemnización surge de una operación matemática que combina la edad del trabajador al momento del accidente, su salario y la incapacidad. La fórmula es de consulta pública en la página web institucional del Poder Judicial.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ), debido a la emergencia sanitaria nacional, dictó una serie de acordadas y resoluciones para garantizar el servicio de justicia. La Cámara Laboral, sobre la base de esa normativa, fijó audiencias remotas y continuó dictando sentencias. A medida que se prorrogó el aislamiento se fueron diseñando distintas herramientas como la Mesa de Entradas de Escritos Digitales (MEED) hasta llegar al expediente digital que rige desde el 1 de agosto. En la actualidad todo el trámite es digital desde el inicio de la demanda hasta la sentencia.
Fuente: Prensa Poder Judicial de Río Negro