El juez de Garantías de Villa Regina, Federico Dalsasso, resultó absuelto hoy de la acusación por el presunto delito de amenazas simples por el que fue juzgado ante un Tribunal Unipersonal en Roca.
Tras analizar la prueba producida en el juicio, un total de 20 testimonios, el Juez de Juicio Oscar Gatti concluyó que “no se ha logrado acreditar con la certeza que requiere un pronunciamiento de esta naturaleza la existencia del hecho traído a juicio ni la responsabilidad penal que en el mismo le cupo al imputado, en los términos que acusaran el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante”.
Si bien se tuvo por probado que existió un reproche verbal del juez hacia un niño de 11 años, a raíz de un conflicto ocurrido entre un grupo de chicos, el Tribunal concluyó que “no se ha logrado probar el contenido del diálogo que tuvieron fuera del colegio y mucho menos que durante el mismo (Dalsasso) lo tomara de sus prendas (al niño)”, concluyó el juez de juicio.
La fiscalía que impulsó la acusación sostuvo que Dalsasso había tomado al niño de la remera, a la altura del cuello, y lo había amenazado con insultos y otras manifestaciones que causaron temor al nene.
Sin embargo, para el juez que dictó este lunes la sentencia, ninguna de las personas presentes cerca de la escena vio el supuesto uso de las manos por parte del acusado y nadie pudo confirmar qué le dijo el adulto al niño, por lo que “resulta imposible inclinarse por alguna de las dos versiones contrapuestas con las que contamos”.
En referencia al testimonio del niño afectado, el Tribunal señaló que “la sola creencia de su sinceridad no alcanza para dictar la culpabilidad de Dalsasso, en atención al estado de incertidumbre que surge del análisis integral de la prueba”.
El magistrado destacó las “contradicciones” entre los relatos de los niños y los padres, los “olvidos” y las discrepancias sobre aspectos esenciales de la acusación que se debía probar. “La duda aumenta si consideramos que tan evidente y llamativa conducta, de haber existido a esa hora y en ese lugar, debería haber sido advertida por alguna de las personas que estaban afuera del colegio”, argumentó.
Finalmente el juez Gatti hizo consideraciones respecto del episodio: “Si bien no se ha probado que Dalsasso haya hecho uso de amenazas para alarmar o amedrentar al niño, es reprochable e improcedente la acción que adoptó el enjuiciado al llamar a un menor de edad y reclamarle tal o cuál conducta, dado que debió abstenerse de hacerlo y dialogar directamente con los progenitores del niño”. Idéntico reproche le hizo por haber llamado por teléfono y presuntamente insultado a otro chico en el marco del mismo conflicto que se había generado entre los niños.
El juez absuelto permanece suspendido del ejercicio de su cargo por disposición del Consejo de la Magistratura, donde tramita un sumario por presuntos “desarreglos de conducta”. A finales de agosto el Consejo remitió esas actuaciones a la Procuración General del Poder Judicial para que su titular dictamine si corresponde avanzar a la instancia de juri de enjuiciamiento.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro