Esta mañana la fiscalía de Villa Regina solicitó al Tribunal Colegiado interviniente que se condene a la pena de 7 años a un hombre que en diciembre pasado fue condenado por el delito “abuso sexual con acceso carnal”.
“Tenemos presente para el pedido de pena las circunstancias agravantes que consideramos sean tenidas en cuenta para esta etapa, puntualmente el daño y la intensidad del mismo que la víctima ha sufrido, el impacto que ha tenido este hecho en ella”, explicó la fiscal del caso.
“Durante el juicio, la joven prestó declaración y la escuchamos describir el padecimiento respecto del hecho en sí y también la manera en cómo afectó su vida cotidiana, cuestión que quedó reforzada por las palabras brindadas por la psicóloga tratante”, argumentó la representante fiscal.
Por otro lado, el Ministerio Público Fiscal enfatizó que el comportamiento desplegado por el imputado en este hecho, mientras se estaba llevando otro proceso penal en su contra, “hablan a las claras de falta de empatía con lo que lo rodea”, agregó la fiscal.
Por otro lo anterior, la fiscalía solicitó la pena de 7 años de prisión, mientras que el abogado de confianza del hombre solicitó 6 años.
El Tribunal Colegiado interviniente dará a conocer la sentencia el próximo viernes 21 de febrero a las 11:00 por la plataforma Zoom.
Declaración de responsabilidad penal
La sentencia -que se dio a conocer en diciembre, tras la solicitud fiscal de responsabilidad penal- describió que “la víctima fue una mujer que inicialmente tuvo relaciones sexuales consentidas con el imputado pero que luego decidió no continuar. Pese a su negativa verbal y a su resistencia física, el hombre concretó un segundo acto sexual y así se configuró el abuso. El Tribunal destacó entre sus fundamentos que el consentimiento debe estar presente durante toda la relación y que la primera negativa clara de la mujer marcó el límite entre el acto sexual consentido y el delito”.
“La negativa de la víctima contó con la claridad e intensidad necesaria para que cualquier persona responsable de sus actos pudiera comprenderla claramente y en consecuencia, aceptarla”, concluyó el Tribunal.
El fallo hizo especial foco en que el hombre “pudo comprender y conocer” que “en la segunda oportunidad no contaba con el consentimiento libre, voluntario, inequívoco, activo, actual y continuo de la mujer y no obstante ello fue su voluntad seguir adelante con su accionar ilícito, haciendo caso omiso a la clara resistencia de la víctima”.
La investigación del equipo fiscal de Villa Regina recopiló testimonios, informes, secuestros y pericias que acreditaron el lugar del hecho y el estado físico y anímico de la mujer después del abuso.
Esos elementos fueron respaldados, durante el debate, con la rotunda declaración de la víctima.
“Ha quedado debidamente acreditado que la relación sexual que comenzó siendo consentida, dejó de serlo por la violencia ejercida por el enjuiciado en el primer acto sexual, a raíz de lo cual la víctima decidió negarse a seguir teniendo relaciones sexuales, haciéndole saber su determinación varias veces de forma verbal y también mediante la resistencia física que pudo oponer. No obstante, se vio doblegada físicamente por su opresor”, precisaron los jueces.
Ministerio Público Fiscal / Villa Regina