Un hombre de Cipolletti adquirió una moto Honda, modelo CBR 600 F2, pero sólo abonó la primera cuota de 15 mil pesos. El vendedor le envió dos cartas documentos, lo citó a una mediación, pero no consiguió la cancelación del negocio. Ahora será indemnizado por el precio total más los intereses.
El comprador y vendedor firmaron un boleto y allí consignaron todas las condiciones del negocio. La motocicleta fue entregada con los papeles para ser transferida. El precio pactado fue de 100 mil pesos. Y el pago se realizará en tres primeras cuotas de 15 mil y la entrega de un Volkswagen Gol por el valor de los restantes 55 mil.
Pero el comprador se llevó la moto, pagó solo la primera cuota y se desentendió de sus compromisos. Entonces el vendedor lo conminó a cancelar el precio mediante dos cartas documentos y lo citó a una mediación.
Como ninguna de las medidas dio resultados inició un juicio civil. En su defensa, el comprador de la moto alegó que la firma consignada en el boleto de compraventa no era suya. Por ello se convocó a una perito calígrafa quien concluyó que tanto la firma de puño y letra como el número de documento consignado en los papeles le pertenecían al demandado.
Con esa prueba el fallo ordenó el pago de los 85 mil pesos adeudados por parte del comprador al vendedor, con los intereses. Y la suma de 20 mil pesos más en concepto de daño moral, por los perjuicios causados más allá del incumplimiento contractual.
Fuente: Comunicación Judicial RN