Pese a las medidas de aislamiento social, un tribunal de Cipolletti habilitó la realización de una audiencia para escuchar los pedidos de un condenado de 61 años que permanece alojado en el penal de la ciudad. La Oficina Judicial cuidó los detalles para el cumplimiento de los protocolos que incluyeron la debida distancia entre las partes y la utilización de barbijos. Finalmente no prosperó ninguno de los pedidos que hizo el preso ni su defensor.
El hombre cumple una condena de 21 años de prisión por rapto y abuso sexual y agota la pena el 13 de junio de 2020. Por ello solicitó el beneficio de la libertad asistida, un instituto contemplado en la ley de ejecución que permite la salida anticipada seis meses antes del agotamiento total de la pena. Como tiene 61 años, y es un grupo de riesgo, pidió cumplir la cuarentena obligatoria en la casa de su madre, que es una octogenaria.
El reclamo de libertad asistida no prosperó en el Juzgado de Ejecución N°8 por los informes desfavorables de las distintas áreas del Penal 5 de Cipolletti y en la audiencia de revisión, realizada esta mañana, el interno también solicitó la prisión domiciliaria.
El preso fue el único que participó por videoconferencia, como es habitual en este tipo de trámites ya que los penales provinciales cuentan con medios tecnológicos y así evitan el traslado de los internos. El tribunal estuvo integrado por la jueza Alejandra Berenguer y los jueces Julio Sueldo y Guillermo Baquero Lazcano.
La fiscal fue Rita Lucia y el defensor Sebastian Nolivo. El interno es Mario Pino Vinet.
El tribunal concluyó que no hubo arbitrariedad en la resolución del Juzgado de Ejecución por considerarla bien fundada y porque justamente la libertad asistida se puede conceder cuando no haya riesgo para sí ni para terceros. En el caso puntual los dictámenes fueron desfavorables. Tampoco le concedieron la prisión domiciliaria por considerar que ese tipo de morigeración en la modalidad de detención se debe canalizar ante el fuero de ejecución y no en revisión.
Los informes del penal fueron concluyentes. El área psicológica calificó la propuesta de libertad asistida como desfavorable por considerar que el egreso anticipado puede constituir un riesgo de violencia sexual para la sociedad. El área social consideró que no se “objetiva un buen pronóstico de reinserción social”. En conclusión aconsejaron no otorgar el beneficio por considerar que el egreso anticipado “podría ocasionar riesgos para sí como para terceros ya que no ha recibido tratamiento adecuado y específico acorde al delito por el cual cumple condena”.
Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro