Deniegan recurso a conductor que cruzó el semáforo en rojo y causó una muerte

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó un recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública del acusado y con el que se pretendía revertir la decisión de juzgar el caso en un juicio oral.

El hombre acusado, identificado como Walter David Mejía, circulaba en una camioneta marca Dodge RAM 2500 y en la intersección de las calles Miguel Muñoz y 9 de Julio de Cipolletti habría cruzado el semáforo en rojo, invadió el carril del motociclista y provocó una colisión con la víctima Gabriel Leonardo Vergara, quien falleció producto de las lesiones. Después el conductor se habría fugado.

La defensa del imputado solicitó la suspensión de juicio a prueba o probation para evitar el juicio. En consecuencia hizo un ofrecimiento económico. Sin embargo ni la fiscalía ni la querella prestaron conformidad. Destacaron el grave resultado lesivo por la muerte y abandono de la víctima, la peligrosidad de la acción, la extensión del daño, la temeridad con la que se había conducido el procesado, su conducta desaprensiva, la posterior fuga y la falta de demostración de algún tipo de arrepentimiento o gesto de disculpa con la familia de la víctima. Por todas esas razones, las partes acusadoras adelantaron que en el eventual juicio solicitarían la aplicación de una pena efectiva.

En primera instancia un juez de Cipolletti resolvió denegar la suspensión de juicio a prueba por oposición fiscal fundada. La defensa, en consecuencia, interpuso una casación que fue rechazada. Luego presentó una queja ante el STJ, también denegada.

Finalmente, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. Sobre esta cuestión el STJ consideró que desatiende el requisito de fundamentación autónoma del art. 15 de la Ley 48, “exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian” (cf. CSJN Fallos 329:2218, 330:16, 331:563 y 336:381).

Suspensión de juicio a prueba

La suspensión de juicio a prueba es una vía judicial alternativa al juicio que permite suspender el juzgamiento de un acusado si éste acepta someterse a una serie de pautas de conductas y cargas que le impone el Tribunal, como realizar tareas comunitarias, ofrecer una reparación económica y/o pagar la multa prevista para el delito imputado.

Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro