El Derecho Constitucional a la vida de los Pueblos Indígenas

Ante la publicación por parte de un medio nacional de notas suscriptas durante el período de cuarentena a los fines de autorizar la circulación de personas pertenecientes a pueblos originarios, dejo en claro, que en ese contexto de pandemia mundial, se extendieron cientos de autorizaciones a integrantes de comunidades indígenas de todo el país por razones humanitarias al solo efecto de permitir la circulación en el marco del decreto 297/2020, para aprovisionamiento de alimentos, por motivos de salud y atención a adultos mayores. Lejos de ser un delito, era mi obligación como titular de INAI. Dichas autorizaciones eran otorgadas por todos los organismos en cumplimiento de la normativa sobre restricciones sanitarias. El derecho constitucional a la vida, prevalece en un Estado de Derecho a cualquier otro. Resulta extraño que se pretenda que se le niegue a cualquier persona, sobre todo a ancianos y niños la posibilidad de alimentarse o de concurrir a un médico más allá de su condición ante la ley.

Por imperio del artículo 75 inciso 17, las comunidades indígenas son preexistentes al Estado. La inscripción en registros nacionales o provinciales, no determina su existencia.

En el año 2020 funcionó una mesa de diálogo a los fines de arribar a una solución pacífica por el reclamo territorial de la comunidad Lof Winkul Mapu. Tanto en esta comunidad como en todas, hay niños, mujeres, ancianos a quienes el Estado debe garantizar siempre, más aún en pandemia, alimentos, acceso al sistema de salud y a la justicia, tal como lo señalan la CN y convenios internacionales como la “Convención sobre los derechos del niño”.

Mi convicción al frente de INAI fue enarbolar la política del diálogo que jamás se debió abandonar. Hoy urge retomar esa senda y reactivar los relevamientos territoriales previstos por la ley 26160 que se encuentran prácticamente paralizados. En mi gestión se estaba relevando junto a la Universidad 3 de febrero y la SISU, comunidades indígenas en 13 provincias argentinas en forma simultánea y funcionaban mesas de diálogo en todo el país. No es la criminalización ni el uso de violencia el camino a seguir cuando el Estado tiene una deuda histórica con los pueblos originarios. Menos aun cuando esa violencia va dirigida a niños y mujeres.

 

Resulta preocupante que a partir de mi salida de INAI, no solo se abandonó la política del diálogo, sino que aparecieron desalojos y allanamientos a comunidades de Neuquén, Salta, Jujuy y denuncias a periodistas indígenas como Oscar Moreno, con quien me solidarizo.

 

¿El desalojo violento en Mascardi pone fin o principio a una escalada de violencia contra las comunidades indígenas? Frenemos esto ya y retomemos el camino que nos conduzca a la paz social y a la justicia.

 

Los que piden mano dura a cualquier precio contradicen la prédica de nuestro papa Francisco y van por la tierra, el agua y los bienes naturales comunes que los pueblos originarios bien saben resguardar. Piden a gritos la derogación de la ley 26160, enmascarados en el argumento de la “seguridad”. ¿Cuándo habrá justicia por la impunidad que gozan los Lewis, y ahora los capitales qataries, de emiratos árabes, italianos e ingleses que compran tierras en áreas de frontera y construyen aeropuertos que nadie controla en territorio argentino a dos horas de vuelo de Malvinas, poniendo en riesgo la seguridad nacional y la integridad territorial?

 

No caigamos como gobierno nacional en recetas fáciles impulsadas a través de mensajes de odio. Ya vivimos un intento de magnicidio contra la vicepresidenta financiado por los que impulsan el racismo y los asesinatos de jóvenes como Rafael Nahuel, que nada tienen que ver con nuestra democracia que el año próximo cumplirá 40 años.

 

Fuente: Prensa Magdalena Odarda Ex presidenta INAI