Estafas telefónicas: multa a banco por incumplir la orden judicial de no descontar un préstamo

Un hombre de Villa Regina denunció penalmente que fue víctima de una estafa telefónica mediante la cual desconocidos accedieron a sus datos bancarios y tomaron un préstamo a su nombre por más de 130.000 pesos. Para evitar que el banco le comience a descontar las cuotas, el damnificado inició también un proceso civil y la jueza del caso ordenó a la entidad crediticia, como medida cautelar, que “se abstenga de cobrar y/o debitar el préstamo” mientras avanzan la causa penal y el proceso civil principal, en el que se definirá el fondo del reclamo del cliente hacia el banco.

Sin embargo, el alivio para el damnificado duró poco, porque cuatro meses después de dictada la medida cautelar, sorpresivamente el banco  Patagonia le descontó dos cuotas del crédito en un mismo mes. Y dos meses más tarde, el descuento fue de cinco cuotas juntas en un solo día, que totalizaban casi 40.000 pesos.

Cada débito fue denunciado ante el Juzgado como un incumplimiento de la medida cautelar vigente y el afectado pidió que se le reintegre inmediatamente el dinero. La jueza entonces intimó al banco a devolver lo descontado bajo apercibimiento de cobrar a la entidad 3.000 pesos de astreintes por cada día de demora injustificada en el cumplimiento de la restitución.

En su defensa, el banco alegó que fue “un inconveniente operativo en el proceso de bloqueo del sistema de débitos automáticos” y reintegró -con un total de 22 días de atraso- los dos primeros descuentos. Sin embargo, al poco tiempo, se produjo un nuevo cobro indebido: esta vez el débito fue de cinco cuotas en un mismo día.

Tras verificar el incumplimiento, la jueza impuso al banco una multa de 66.000 pesos a favor del cliente, además de la prohibición de efectuar nuevos descuentos mientras esté vigente la cautelar y la orden de devolver todo lo debitado.

“Del análisis de las actuaciones queda de manifiesto la conducta adoptada por la entidad bancaria, la cual en desmedro de la medida cautelar ordenada en autos, persiste con reiterados incumplimientos, deduciendo de la cuenta del actor los fondos y desconociendo la medida de no innovar ordenada”, sostuvo la jueza en su última resolución.

Cabe señalar que la sentencia no está firme, puesto que fue apelada por la entidad bancaria.

Fuente: Comunicación Judicial Río Negro