Fiscalía pidió penas de prisión en sendos casos de homicidio y femicidio

En la mañana de hoy se realizaron sendas audiencias de cesura, en los casos del penitencario condenado por el homicidio de un adolescente en el barrio IPPV de Viedma en noviembre de 2019 y por el femicidio de Carolina Rivero, ocurrido en San Antonio Oeste en octubre del 2020.

En el primero de los juicios de cesura la Fiscalía pidió seis años de prisión efectiva para Mario Huichaqueo, el penitenciario declarado responsable penal del homicidio agravado por uso de arma de fuego con exceso de legítima defensa de Rolando Vera. La pena determinada en el Código Penal para el delito tiene un margen de entre 1 año y cuatro meses y 6 años y 8 meses de prisión, el máximo posible.

En el marco de la audiencia de solicitud de la misma, se escucharon primero testimoniales de personas convocadas por las partes. Por parte de la Fiscalía asistieron la madre del adolescente, dos agentes estatales que trabajaron con él en diversas instancias de abordaje y el director del complejo penal, jefe directo del condenado al momento de los hechos.

Fueron los Fiscales Juan Pedro Peralta y Yanina Estela Pasarelli quienes explicaron los fundamentos de la pena de prisión pretendida aclarando que la limitante a la misma está impuesta en la calificación otorgada al hombre en la sentencia condenatoria, que oportunamente – adelantaron- será impugnada.

En principio destacaron que aunque el delito de abuso de armas (por la actividad desplegada por el condenado en la plaza) no fue endilgado, “debe tenerse en cuenta que todos los momentos forman parte de un mismo hecho, lo que originó el conflicto fue la conducta del condenado en la plaza que pudo haber actuado de otra forma”.

En relación a ello agregaron que “el penitenciario sabía que existían otras formas de actuar, conocía las armas, su alcance, había presenciado el accionar previo de la policía”.

Desglosando las fases de la imposición de pena dentro de la escala fijada por el Código Penal analizaron la extensión del daño: “Pudimos conocer con más profundidad a la victima, un adolescente padre que amaba a su hija y quería mejorar para ella. Esa bebe va a crecer con la irreparable ausencia de su padre”.

“Pero además pudimos ver que Jorge no era solo un pibe de la placita -con la connotación negativa que a eso se le otorgó. Tenía buen carácter, era receptivo, asistía por propia voluntad a instituciones del Estado, tal como manifestaron dos operadoras que trabajaron con él: quería terminar la primaria, quería hacer un taller de oficio. Quería mejorar”.

“Tenía una vida por delate, lo que le faltó es tiempo para desarrollarla, por ello cuantificar el daño causado es imposible”, enfatizaron.

Evaluaron además la extensión del peligro causado recordando, tal como quedó probado en el juicio, que “los disparos se hicieron en zona urbana, dirigidos levemente hacia arriba y levemente hacia abajo, así lo ilustró una vecina que dijo que ‘las balas le silbaban en el oído’. Acá no hubo otra muerte de casualidad”, destacaron.

Agregaron además que “Vera no consistía en ese momento una amenaza para el penitenciario” quien “lesionó más de lo necesario y cuando la hipotética agresión había terminado”.

En cuanto a las condiciones personales del agresor, dijeron que “Huichaqueo era una persona educada, con muchos años en la fuerza policial que por la propia pertenencia a la misma debió respetar la norma y nunca excederse”.

“En cambio, sin estar de servicio, fue con un arma a buscar a los chicos en vez de acercarse a una comisaria a hacer la denuncia. Así se lo adelantó a su hermano en un mensaje mientras se dirigía a la plaza ‘Llevo el rifle y tengo balas’. Ello, el argumento de que – tal como el mismo admitió- quería asustar a los adolescentes para que no le roben más a su mamá y los dichos que profirió luego de haber acabado con la vida de Vera, cuando gritó ‘Así terminan los chorros, este no le roba más a nadie’, confirman que el hombre siempre estuvo determinado a hacer lo que hizo”.

A su turno el defensor Damián Torres valoró, tal como lo requiere la norma, agravantes y atenuantes para concluir requiriendo la pena de 2 años y 10 meses de prisión condicional. Agregó a la misma la “prohibición de acercamiento a la familia de Vera y a su hija” en cumplimiento a las pautas impuestas.

Además y como parte de la pena, para “reparar el daño, Huichaqueo trasferirá mensualmente el monto correspondiente a un salario mínimo, vital y móvil a su hija por el plazo previsto” y asistirá a un tratamiento psicológico “porque si bien este fue un hecho aislado no puede repetirse”.

El Tribunal que dictará sentencia en el caso esta presidido por Marcelo Chironi y se completa con los Jueces Carlos Reussi y Daniela Zagari.

Femicidio de San Antonio. Piden perpetua para condenado

Minutos después de concluida la audiencia comenzó a desarrollarse otra de iguales características para requerir la pena pretendida para Elvio Pazos, quien fue encontrado culpable por un jurado popular del delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido en el marco de una relación de pareja y en contexto de violencia de género.

La acusación estuvo conformada por los mismos fiscales y también por Torres, en este caso como abogado querellante.

Peralta fue el encargado de enunciar que “se va a solicitar la única pena prevista que es la de prisión perpetua ya que en este caso no hay escala penal susceptible de analizar”. Además requirió el decomiso del teléfono del hombre que se encuentra secuestrado y adelantó que el mismo será reseteado y donado a algún área de género estatal encargada de la atención de casos de violencia de género.

El abogado defensor, Daniel Mayor no manifestó objeciones a la misma pero planteó el debate acerca de la inconstitucional de las penas perpetuas.

Ministerio Publico Fiscal / Viedma – SAO