Una mujer policía que trabajaba en la comisaría del barrio Lavalle, en Viedma, resultó lesionada en un ojo cuando la dependencia policial sufrió un ataque con armas de fuego. Una bala rompió el vidrio, arrojó esquirlas y la lastimó.
Además, a partir del incidente comenzó a sufrir un alto grado de estrés y la evolución de diversas patologías que la obligaron a recibir tratamiento psiquiátrico.
Luego del tratamiento otorgado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo recibió el alta médica definitiva. Sin embargo, objetó esa decisión porque continuaba con reiterados estados de ansiedad y reacciones físicas claras e instantáneas ante cualquier hecho de violencia.
Por ello, solicitó ante la aseguradora su recalificación laboral, dada la imposibilidad de prestar sus tareas normalmente. Posteriormente solicitó la intervención de la Comisión Médica. El organismo administrativo ponderó su incapacidad en un porcentaje menor al que la mujer afirma padecer.
Por su parte, Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales detalló todo el tratamiento médico prestado, afirmó que la muer policía recibió el alta con secuelas incapacitantes, las que fueron debidamente evaluadas por la Comisión Médica N° 18, luego de lo cual fue recalificada y reubicada en tareas acordes a su capacidad restante. Manifestó su predisposición a abonar una suma de indemnización en la audiencia de conciliación realizada.
Oportunamente se llevó a cabo la pericia psicológica que concluyó: “la actora presenta desorden con síntomas de estrés post traumático, con reacción concausal directa entre el evento padecido en forma sorpresiva”.
Los jueces de la Cámara Laboral de Viedma tuvieron en cuenta que no quedó controvertido la existencia del evento postraumático. El punto de discusión es solamente el índice de incapacidad resultante.
Los magistrados tuvieron en cuenta el examen psiquiátrico realizado, la edad de la trabajadora, sus haberes, entre otros factores.
De esta manera, la Cámara Laboral condenó a la aseguradora a abonar tres millones a la mujer policía en concepto de indemnización por la incapacidad laboral reconocida.
Fuente: Prensa Comunicación Judicial RN