A pocos días de que el nuevo Código Contravencional de Río Negro cumpla un año de vigencia, un relevamiento demuestra su efectividad en los asuntos vecinales. Ruidos molestos, árboles sin podar y lugares para estacionar fueron los conflictos más recurrentes que se resolvieron mediante el diálogo.
Las ciudades con mayor densidad poblacional registran cerca de un sesenta por ciento de contravenciones bajo la categoría “asuntos vecinales”. Gran parte de esos conflictos se resolvieron mediante la mediación en la misma sede de los juzgados de Paz o con una derivación a los Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, que también dependen del Poder Judicial.
Desacuerdos vinculados con los ruidos molestos, la emisión de humo por el uso de parrillas, la realización de acequias, el estacionamiento en garajes y el uso de la sombra por parte de frentistas forman parte del listado de conflictos.
El Código Contravencional entró en vigencia el 23 de septiembre de 2022. A poco tiempo de cumplir un año, jueces y juezas de Paz consultados ponderaron su efectividad para los conflictos vecinales.
La normativa define y sanciona conductas que alteran la buena convivencia social pero que no tienen la misma gravedad que un delito penal. El nuevo Código Contravencional incorpora y fomenta la utilización de métodos de solución consensuada para los conflictos, en la búsqueda de brindar soluciones rápidas a los problemas vecinales cotidianos y evitar su escalada hacia confrontaciones que puedan alcanzar mayor gravedad.
La nueva ley incorpora como contravención la figura del “acoso callejero” y agrava las penas previstas para casos de maltrato animal y daño ambiental, y deja de cuestionar conductas y expresiones de la identidad que la vieja ley reprimía, justamente porque era reflejo de un paradigma sociocultural actualmente agotado gracias al avance de los derechos humanos.
Las sanciones que prevé el nuevo Código inician con amonestaciones y van en aumento según la gravedad y particularidad de la conducta, pasando por prohibiciones de asistir a determinados lugares, pautas de conducta específicas, reparación del daño causado, trabajo comunitario, abordaje interdisciplinario, multas, inhabilitaciones, decomiso, clausura y arresto.
La sombra es mía, el árbol lo planté yo.
Uno de los conflictos más frecuentes, sobre todo cuando llega la primavera, es el uso de la sombra que dan los árboles. En un caso, una vecina exigía la facultad exclusiva de poder estacionar delante de su casa con el argumento de que el árbol lo había plantado ella. Se resolvió a través de una mediación.
En otra situación, un hombre reclamó que las semillas del Abedul que tenía el vecino en su patio le ensuciaban la pileta. También se solucionó cuando la persona denunciada se comprometió a podar las ramas y así evitar que se pasaran a la casa contigua.
En gran parte de los asuntos vecinales, los juzgados de Paz ofrecen un espacio de diálogo y de autocomposición. La ley también prevé enviar algunos conflictos, según la materia, directamente a los centros de mediación.
Fuente: Comunicación Judicial RN