El principio de no regresión ambiental dispone que una norma no puede ser modificada si para esto implicare retroceder en los niveles de protección ambiental alcanzados con anterioridad en el tiempo. Cualquier normativa nueva, en este caso, no debe ni puede desmejorar la situación del derecho ambiental logrado en cuanto a su alcance y efectividad. En ese sentido también es interpretado el Principio de progresividad plasmado en la ley general del ambiente, ley 25.675.
El Poder Ejecutivo municipal de Sierra Grande presentó recientemente una propuesta ante el Concejo municipal para derogar la ordenanza 014/96 que declara al ejido municipal de Sierra Grande como no nuclear. Para lograr su objetivo, estaría usando la mayoría automática que detenta en el concejo, y su accionar sin duda estaría yendo a contramano de una norma de protección ambiental consolidada en la región durante más de 20 años.
De aprobarse esta derogación sería un típico caso de violación del principio de no regresión ambiental. Y considerando la vigencia de la ley que prohíbe la construcción de centrales nucleares, esta violación es aún más grave.
Debemos recordar que la declaración de municipio no nuclear, tuvo origen cuando se proyectaba en la meseta de Chubut, un repositorio o basurero nuclear para los residuos de Atucha I y Embalse. En ese momento, el rechazo popular no se hizo esperar y varios municipios de Rio Negro, Chubut y de otras provincias se declararon no nucleares, es decir, le dijeron No a las centrales y basureros nucleares. Esta es parte de la historia que no hay que olvidar.
La consigna “en la Patagonia No” ya cobro fuerza en los movimientos sociales, en las asambleas y en las organizaciones ecologistas de la región y el país. Los argumentos en favor de la energía nuclear desde hace décadas caen estrepitosamente en distintos puntos del planeta y su desarrollo va en franco retroceso. Es una energía costosa, los residuos que genera permanecen en el ambiente por miles de años y aún no se han descubierto la forma de tratarlos sin que representen un peligro latente.
Insistimos que en Rio Negro tenemos potencial para generar energía eólica y solar sin arriesgar el ambiente que debemos conservar para las generaciones futuras.
De derogarse la ordenanza no nuclear en Sierra Grande y de ponerse en duda la constitucionalidad de la ley provincial que prohíbe las centrales, estaríamos sentando un precedente de regresividad que es inadmisible.
La protección del ambiente es la protección del ser humano y las condiciones de vida de todas las especies, y ello tiene hoy una importancia excluyente y concluyente. Ya no puede concebirse un desarrollo social y económico que no contemple esta premisa.
Fuente: Prensa senadora Magdalena Odarda Partido RIO