Una mujer que adquirió una tablet para regalarle a su hijo el día de su cumpleaños será indemnizada por la suma de 6.500 pesos, debido a que el dispositivo vino fallado.
El dispositivo no funcionó, la firma demandada le ofreció una reparación. La consumidora consignó que la tablet marca Positivo BGH no funcionó ni aún luego de llevarla al service oficial. Un año después le devolvieron el dinero.
Para poder realizar el reclamo, la mujer se acercó primero a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, a la firma Garbarino S.A y finalmente inició un proceso de “menor cuantía” ante el Juzgado de Paz de Cipolletti.
La jueza Gabriela Lapuente condenó a las demandadas Garbarino S.A y a BGH S.A a abonar 6.500 pesos: 2.500 en concepto de daño directo y 4.000 por daño punitivo.
“En relación a gastos de traslado, gastos de llamadas telefónicas y de fotocopias, aún no habiéndose adjuntado los comprobantes de los gastos propiamente dichos, es lógico y pertinente considerar que existieron ya que la actora para realizar los reclamos, necesariamente tuvo que: concurrir a la sucursal de la demandada GARBARINO S.A., luego a la Oficina Municipal de Información al Consumidor y finalmente debió concurrir a formular el presente reclamo y activar el proceso. Todas esas acciones sucedieron ya que de ello dan cuenta todas las constancias del expediente, en consecuencia se asume como necesario el gasto que necesariamente ello insumió”, dice la sentencia.
“La actora se vio obligada a concurrir a la instancia administrativa y a la judicial y no obtuvo una respuesta que de forma oportuna y concreta solucionara el reclamo, por lo que considero que en el caso la conducta ha sido manifiestamente ofensiva”, concluye el fallo.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro