Línea aérea deberá indemnizar a pasajera: le suspendieron el viaje y solo le ofrecieron un voucher

Destinados a vacacionar con su familia en Brasil, una mujer compró cuatro pasajes en tiempos previos a la pandemia de Covid.

El viaje fue suspendido por la emergencia sanitaria, pero nunca la empresa realizó el reemplazo de los boletos.

Solamente propuso la entrega de un vale/voucher. La clienta realizó todas las diligencias previas a la vía judicial sin obtener respuestas.

Un juzgado en lo Civil de Bariloche, acogió la demanda y ordenó a FB Líneas Aéreas S. A. a cumplir con el contrato. Además se ordenó resarcir el daño patrimonial y moral ocasionado.

La demanda fue resuelta en el marco de la ley de Defensa del Consumidor. Se analizaron todas las diligencias realizadas y el cumplimiento o no de la empresa respecto de las obligaciones asumidas y las consecuencias dañosas que este accionar pudiera acarrear.

De las diligencias realizadas de manera previa a la demanda judicial, se ha valorado que la demandante solicitó a la empresa el cambio de los boletos o la devolución del dinero. También solicitó pasajes al mismo destino para cuando existiera esa posibilidad, o la devolución directa del dinero abonado.

Frente a ello, la demandada solo ofreció un vale o voucher por el valor del pasaje abonado para utilizar en la compra de nuevos pasajes. En este sentido el fallo consideró que “tal ofrecimiento, que no fue aceptado por la pasajera, no tiene ningún sustento jurídico, ya que no hay ninguna normativa que avale la postura asumida por la empresa demandada”. Es decir que habiéndose abonado la totalidad del monto de los pasajes, es la empresa quien debía cumplir con la obligación que estaba a su cargo, que era realizar el transporte correspondiente.

Ello colocó a la consumidora en una situación desventajosa, al verse impedida de adquirir nuevos pasajes, una vez finalizada la pandemia, con el mismo monto del vale que se le ofrecía.

Fuente: Comunicación Judicial RN