Desde el Bloque de Fuerza Nacional y Popular, Mario Sabbatella eleva un pedido de comunicación al Poder Ejecutivo Nacional para que se reglamente la Ley 27.078 en función del Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y Pueblo a los efectos de proveer herramientas que permitan sanear la crítica situación que atraviesan dichas Instituciones a partir de los tarifazos energéticos. “Incluso a varios se los está tipificando como comercios y les llegan tarifas impagables a entidades sin fines de lucro, que se sostienen por cuotas de socios y vecinos”.
“Toda la población está sufriendo mes a mes el castigo de los Tarifazos, que sabemos no tiene otro asidero que la transferencia de recursos de toda la sociedad argentina hacia pocos centros de recaudación, que no han invertido siquiera en mantenimiento. Lejos de reaccionar de alguna manera racional o al menos política al tema, tanto desde el Gobierno Nacional como desde el Provincial, hacen oídos sordos al pueblo y a la Constitución.” Declara el legislador Sabbatella.
Y sus declaraciones tienen fundamentos legales.
El artículo 42 de la Constitución Nacional otorga derechos a los consumidores y usuarios de bienes y servicios “…en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos…” y agrega en párrafo aparte “Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos”.
La Declaración del Encuentro Internacional por el Derecho a la Energía (Mar del Plata, 11 de octubre del 2014) dicta que “la energía es un derecho humano, no una mercancía”.
La Constitución Provincial obliga al Estado, en su artículo 30, a proteger a los consumidores contra todo acto de deslealtad comercial, como sería el caso del cobro excesivo, injustificado y confiscatorio / prohibitivo de las actuales tarifas de luz, gas y agua en algunos casos.
“Desde el momento en que las empresas retiran los medidores a quienes no pueden pagar, cuando el usuario no solo tiene derecho al servicio público, sino que la realidad muestra que su salario / pensión / jubilación no le permite el cumplimiento del pago, es el Estado quién debe resolver la injusticia de las tarifas, porque hay un evidente abuso de cobro sobre la extorsión de retirar el servicio considerado Derecho a nivel mundial”, explica Mario Sabbatella, “esto mismo trasladado a centros culturales, clubes, espacios comunitarios donde el Estado ha retirado toda su mirada, implica que miles de ciudadanos pierdan esos espacios por no poder pagar la luz. Agravado esto por el hecho de que el carácter societario y personería jurídica de estos clubes y espacios es ´asociación civil sin fines de lucro, pero han llegado hasta mi despacho inquietudes de distintos representantes de entidades deportivas de dicha naturaleza, que me informan de facturas de luz donde se los categoriza como comercios”.
En su pedido de comunicación, el legislador le recuerda a los gobernantes la necesidad de respetar la voluntad ciudadana expresada en Nuestra Constitución Provincial. Y en éste aspecto, el Capítulo III – Derechos Sociales, es claro: Artículo 38.- Se promueven las actividades sociales que complementan el bienestar del hombre y su familia para la correcta utilización del tiempo libre, respetando las características propias del medio. El Estado fomenta especialmente el deporte aficionado, la recreación, la cultura y el turismo.
Fuente: Prensa Legislador Mario Sabbatella – Fuerza Nacional y Popular