El Ministerio Público Fiscal solicitó hoy la declaración de responsabilidad penal para los cuatro hombres acusados de ser coautores de la privación ilegítima de la libertad de Otoño Uriarte, agravada por la participación de tres o más personas, por ser la víctima menor de edad y por haberle ocasionado intencionalmente la muerte.
Tras 11 jornadas de audiencias de debate oral y público, realizadas durante un mes en los Tribunales cipoleños, la Fiscalía efectuó los alegatos de clausura. Expresó que aunque “el paso del tiempo conspira para obtener detalles del hecho, hemos podido acreditar la culpabilidad de cada uno de los señalados como autores”. La sentencia se conocerá el 5 de febrero próximo a las 13:30 horas.
“En primer término, tenemos presente que se trata de un hecho que ocurrió hace más de 18 años, cuando la víctima sólo tenia 16. Esto significa que Otoño tiene un doble plus protectivo: como niña y como mujer”, comenzó alegando la fiscal jefe.
“El Ministerio Publico Fiscal no tiene ninguna duda de que la noche del 23 de octubre de 2006, Otoño nunca pensó en no regresar a su casa junto a su familia. Hemos podido corroborar que la adolescente salió para el colegio con sus hermanos, en una bicicleta que dejó en una casa ubicada sobre calle Libertad. Las testigos así lo contaron hace 18 años y lo volvieron a repetir en este juicio. No hubo contradicción”.
“¿Por qué es tan importante esta bicicleta y por qué partimos de este punto?. Porque aparece en otro lado, en la casa de los dos hermanos imputados. Emparentado a esto, quienes estuvieron con ella durante el día, fueron detallando en estas audiencias sus movimientos y sabemos que, al finalizar el día, ella habría intentado regresar a su casa a bordo de la misma”, describió la fiscalía.
Recordando la declaración de algunos testigos reconstruyó el trayecto que realizó la adolescente y señaló que fueron esos mismos testigos quienes “ven un vehículo que estaba oculto y que además identifican la figura de una mujer” en el mismo lugar donde “aparece el celular de Otoño que habían quemado”. Ello y “la búsqueda iniciada por el padre ante la ausencia de su hija esa noche nos permite afirmar que la adolescente fue abordada en ese sector”, explicitó.
La fiscal jefa explicó que “para la fiscalía es importante señalar en qué lugar se encontró la bicicleta, las dos testigos dicen que hasta las 20 estaba en la casa de ellas, pero que a partir de las 21 ya no. Ni la joven ni los hermanitos pasaron a buscarla. Entonces, ¿dónde aparece esa bici? que desaparece el mismo día que la joven”.
Ella misma seguidamente responde que “la bici se la había llevado uno de los imputados para que privar de la libertad a la víctima sea más simple”. La Fiscalía sostuvo que quedó demostrada tal privación y no que “se haya ido a otro lado por su propia voluntad”.
Continuando con su alocución, la fiscal jefe destacó que no saben con certeza dónde estuvo Otoño mientras se encontró privada de la libertad, “pero que no conozcamos el lugar físico no significa que este crimen quede impune. Tenemos la experiencia en la causa Solano, donde nos sucedió algo similar, pese a no haber dado con el cuerpo no fue impedimento para que se llegue a una condena”.
“Lo que sí sabemos”
El 24 de abril de 2007, en la zona del desarenador se encuentra un cuerpo y, tras la intervención del Banco Nacional de Datos Genéticos, se confirma que se trata de Otoño.
Durante estas audiencias de debate quedaron explicitadas las múltiples intervenciones de los peritos, entre ellas el análisis de las prendas de vestir -una remera, una campera y un corpiño- en las que aparecían cortes. “A través de esos cortes, dijo el médico forense que realizó la autopsia, se encontró una herida punzo cortante en una arteria que, por las características, había ocurrido en vida. Son muchas horas de trabajar minuciosamente en Otoño ”, rescató la fiscal jefe respecto de los dichos del médico.
Unificó en este sentido diversos testimonios brindados por peritos, criminalistas y médico forense que coincidieron en la presencia de los cortes, en cuál era la lesión vital y cuál la data de la muerte. A ello “se agrega el fenómeno de conservación, la saponificación, descripto por el ingeniero especialista en represas, que explicó que es difícil que el cuerpo haya estado todo el tiempo en el lugar desde que la joven desapareció hasta que fue encontrada, esto vendría a explicar lo que sostiene este Ministerio Publico Fiscal, que el cuerpo había sido primero enterrado y luego puesto en un nylon para ser tirado”, mencionó la fiscal.
Con respecto al nylon negro secuestrado oportunamente y del que se extrajeron pruebas de olor, la Fiscalía dijo que a través de ese olor “se llegó a la casa de dos de los imputados Cau y Jafri. “Se encontró en ese elemento olor de los cuatro imputados -los ya mencionados más Antilaf y Lagos- y de la víctima. Además se agregó una pericia genética concretada por el Banco Nacional de Datos Genéticos que explicitó que el perfil genético de Otoño estaba en ese nylon”, agregó la fiscal.
“No es menor que la saponificación haya permitido la conservación tanto de las prendas como de restos del cuerpo, por ello mencionamos los pelos en la vestimenta, y en uno de ellos (el pelo 17) es que se encuentran indicadores de uno de los imputados, eso constituye para esta parte un indicio más”, comentó.
“Hay un montón de indicios que, tal como sostiene nuestro Superior Tribunal de Justicia, concatenados y unidos entre sí en un análisis global le otorgan valor probatorio requerido y permiten llegar a las conclusiones respecto de la responsabilidad penal de cada uno de los cuatro imputados, como coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad, agravada por la participación de tres o más personas, por ser la víctima menor de edad la víctima y por haberle ocasionado intencionalmente la muerte, según los Artículos 45, 142 bis inc 1 y 6 anteúltimo párrafo del Código Penal”, enfatizó la Fiscal.
Finalmente la acusación destacó que “la defensa no presentó ninguna prueba que permita pensar en que tenemos imputados distintos a los que trajimos aquí. Todo esto es suficiente para acreditar la responsabilidad penal de los cuatro tal como acusamos” y sostener que “tenían un plan previo para privar a otoño de su libertad, no fue elegida al azar, la conocían y conocían sus movimientos, esto estuvo planificado. Todos ellos tenían conocimiento de este hecho”.
A su turno la abogada querellante adhirió al alegato fiscal y también hizo un raccontto de las pruebas producidas a lo largo de las jornadas para sostener la teoría del caso de la acusación conjunta y expresó que Otoño había indicado antes de desaparecer que se sentía acosada por los hermanos Jafri y Cau. “Si no tuviéramos la seguridad de que estos son los cuatro autores de este hecho no los hubiéramos traido nunca a juicio”, enfatizó. Seguidamente hizo uso de la palabra el padre de la víctima, Roberto Uriarte.
Las defensas
El defensor de Germán Angel Antilaf mencionó que las pruebas traídas a juicio no eran suficientes para pedir la declaración de responsabilidad de su asistido, señalando la insuficiencia de la acción penal y solicitando que se lo declare inocente.
El equipo defensor de Maximiliano Lagos dijo que varios de los testigos que prestaron declaración tienen contaminación con el caso. “Tampoco se ha señalado cuál fue la participación de su asistido en los hechos endilgados, no conocía al resto de los imputados y no sabemos con firmeza qué fue lo que provocó la muerte a la joven”, agregó. Solicitó la declaración de no responsabilidad de su representando.
“Estos hombres ya fueron sobreseídos en esta causa, durante el debate que se realizó estos días, los testigos no aportaron ningún dato creíble”, argumentó la defensa de Hiram Jafri. Continuó diciendo que nunca se probó que el celular mencionado fuera de la víctima, como “tampoco fue acreditado en qué momento se encuentran Jafri, Lagos y Antilaf para pensar y hacer todo de lo que se les imputa”, agregó.
“Vamos a interponer la insuficiencia de la acción penal y solicitar la inocencia de mi asistido, ya que no se logró demostrar cuál fue su participación, y cómo habrían sucedido los hechos. Como tampoco (algunos de los especialistas) lograron brindar pericias concluyentes que permitieran probar la imputación”, comenzó su intervención el defensor penal público que asiste a Néstor Cau. Finalmente, expresó que subsidiariamente se aplique la figura de “secuestro, seguido de muerte no querida por el autor”.
Ministerio Público Fiscal / Cipolletti