Pastelero se consideró despedido porque le dejaron de dar tareas: consiguió una indemnización

Las condiciones laborales para un pastelero del Alto Valle eran muy desfavorables: viajaba desde Allen, el trabajo era informal y ni siquiera estaba registrado. Se consideró despedido después de varios reclamos. ¿Cobrará indemnización?

El pastelero logró un fallo favorable en su reclamo laboral contra el dueño de una panadería, quien lo mantuvo sin registrar durante toda la relación laboral. El trabajador denunció que realizaba jornadas regulares preparando productos de panadería bajo condiciones informales.

Después de un tiempo, el empleador dejó de asignarle tareas, y el pastelero inició una serie de intimaciones formales exigiendo su registración y el reconocimiento de la relación laboral. La falta de respuesta y el cese de tareas derivaron en que el pastelero decidiera considerarse despedido y solicitara las indemnizaciones correspondientes.

La Cámara del Trabajo de Cipolletti resolvió a favor del trabajador en el juicio que impulsó por despido injustificado. El fallo condenó al empleador a pagar indemnizaciones por despido, salarios adeudados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. La sentencia destacó que el trabajador había intimado previamente al empleador para que regularizara la relación laboral, sin obtener respuesta.

Ante esta falta de contestación, el trabajador se consideró despedido por “injuria laboral”, respaldándose en la Ley de Contrato de Trabajo, que permite este tipo de reclamo cuando el empleador incumple gravemente.

En el proceso, el tribunal declaró en rebeldía al empleador, ya que este no respondió a la demanda ni se presentó en el juicio, lo cual generó una presunción de veracidad sobre los hechos expuestos por el trabajador. Este estado de rebeldía permitió al tribunal dar por válidas las pruebas presentadas, incluyendo declaraciones testimoniales y documentos relacionados con la relación laboral.

El fallo reconoció que la relación laboral se extendió durante cinco meses y determinó que el trabajador se desempeñó bajo la categoría de “pastelero” en una panadería del Alto Valle. En función de esas circunstancias, fijó una indemnización a favor del trabajador que se trasladaba desde Allen. Además, el tribunal ordenó al empleador entregar certificados laborales y de servicios, como lo exige la normativa.

Fuente: Prensa Poder Judicial de Río Negro