Tal lo requerido por el Ministerio Público Fiscal, un tribunal penal impuso prisión preventiva y ordenó se disponga la inmediata detención a quien fuera condenado a la pena de 14 años de prisión por diferentes hechos de abuso sexual, una vez confirmada la condena por segunda vez.
El Fiscal Jefe Martín Lozada manifestó entre sus argumentos para tal requerimiento “que se ha cumplido con el doble conforme exigido por nuestro ordenamiento convencional y constitucional: la condena a 14 años dictada por un tribunal local ha sido confirmada por el Tribunal de Impugnación provincial. Indicó, además, que: ” No desconocemos que la regla es la libertad del acusado durante la sustanciación del proceso”.
“Tampoco desconocemos los estándares que ha fijado La CIDH en torno a la imposición de la prisión preventiva y la necesidad de que ella se erija sobre parámetros de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. Sin embargo, entendemos que la prisión preventiva que venimos aquí a solicitar se le imponga al condenado obedece a esos mismos criterios de admisibilidad”, expresó el fiscal.
Afirmó asimismo, que: “en lo fundamental, debido a que la pena que se impondrá al condenado será de inexcusable cumplimiento efectivo, y será, además, de un monto muy elevado -14 años de prisión”.
Argumentó además que: ” nos encontramos en presencia de nuevos y actuales riesgos procesales.En referencia al peligro de fuga que se produce a partir de la confirmación -por parte del Tribunal de Impugnación- de la sentencia condenatoria. El hombre medio, no un héroe o un santo, estará razonablemente compelido a la fuga ante la
certeza e inexorabilidad de un castigo de tamaña magnitud. En consecuencia, surge la lógica necesidad de neutralizar ese peligro a partir de una medida cautelar efectiva y proporcional al castigo que le ha sido impuesto”.
Fuente: Ministerio Publico Fiscal / Bariloche