Una mujer de nuestra ciudad accedió a una suspensión de juicio a prueba, en una causa por lesiones leves culposas por las mordeduras que su perro proporcionó a un hombre.
El hecho por el cual se le formuló cargos a la mujer sucedió por la tarde en día 25 de julio de 2019, cuando la víctima caminaba por la vía pública, puntualmente sobre calle Yatasto, donde fue atacado y mordido por un perro de raza mestizo, macho, de pelaje corto marrón y negro, de tamaño grande. El perro llegó a la calle desde el domicilio, dado que las vías de acceso no tenían ningún tipo de traba. Se encontraba en total libertad de acción y sin bozal, provocando lesiones de carácter leve en la pierna izquierda.
La dueña del perro según la acusación de la fiscal del caso, la mujer actuó en forma negligente y antirreglamentaria, porque teniendo bajo su custodia a un perro peligroso, dado el comportamiento agresivo que había demostrado, permitió que accediera a la calle por donde circulaba la víctima. La acusada debió extremar las medidas de seguridad manteniendo al animal dentro de su domicilio, en instalaciones seguras y resistentes con la debida señalización de “perro peligroso”.
La fiscal describió además la evidencia en la que sustentó la acusación tales como acta labrada por el personal de fiscalización del Area del Departamento de Veterinaria y Zoonosis de la MSCB algunas infracciones a la normativa municipal en función de comportamientos anteriores del perro, acta policial, certificaciones médicas, entre otras.
El defensor penal que la asistió manifestó al magistrado que en función de lo trabajado junto a la fiscalía, el pedido para que esta causa sea alcanzada por la normativa vigente que contempla la realización de suspensión de juicio a prueba y se suspenda la persecución penal a cambio del cumplimiento de determinadas pautas de conducta.
La mujer deberá prestar en consecuencia 30 horas de trabajo comunitario debido a la situación de vulnerabilidad social en la que se encuentra, dado que como único ingreso que percibe es una asignación del estado, estar a disposición del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados donde deberá presentarse de manera periódica, no cometer nuevos delitos, adoptar los recaudos necesarios para que estos episodios no se repitan con los perros a su cuidado. Acuerdo que expresó en el marco de la audiencia.
El Juez de Garantías hizo lugar a la aplicación de la suspensión del juicio a prueba por el término de un año, valorando el marco legal que genera el código procesal. Recordó que en caso de no cumplir con las pautas de conducta previstas el beneficio se revoca.
Fuente: Ministerio Publico Fiscal / Bariloche