La fiscalía solicitó se declare penalmente responsable a un hombre oriundo de una comunidad rural de la Línea Sur por diversos hechos ocurridos entre el mes de julio del año 2007 hasta diciembre del 2017 inclusive, en el domicilio familiar y nuestra ciudad; que constituyen el delito de abuso sexual agravado.
Según la acusación, abusó sexualmente de manera reiterada de la hija de su pareja, que padece una discapacidad. En el desarrollo de este debate y a fines de favorecer la inclusión, se dispuso de una especialista técnica que pudiera colaborar con su comunicación y declaración ante el tribunal.
Los hechos se iniciaron cuando era menor de edad y se mantuvieron hasta que ella con su madre y hermanos dejaron el domicilio familiar a fines de diciembre de 2017.
El fiscal del caso al momento de formular su alegato de clausura se refirió a la prueba producida en el debate y que no existe duda alguna acerca de la existencia de los hechos, dado que la víctima tiene una hija producto de los abusos. Rescató el concepto de “aldea” que expresó una de las testigos que declararon y aludió a que los hechos eran conocidos por la pequeña comunidad donde vivía.
“Se produjo una clara relación asimétrica de poder”, expresó el fiscal en ese particular contexto rural donde el imputado tenía un trabajo estable, rentado y algunas condiciones de reconocimiento. Disponía de todos los ingresos y las libertades de los integrantes de la familia”.
Es necesario analizar este caso con perspectiva de género y considerar su discapacidad, el particular contexto rural y precario donde nació y al que luego se trasladó con su madre, donde se le otorga el apellido del acusado.
Requirió se lo declare penalmente responsable por delito abuso sexual con acceso carnal reiterado, previsto en el artículo 119 tercer párrafo del Código Penal.
El imputado fue asistido por un defensor particular que se refirió a que su defendido está siendo juzgado por elementos que no forman parte de la acusación mencionados en el debate y al lapso en que se sucedieron los mismos, en el cual la víctima no denunció lo sucedido. Agregó que los hechos no fueron probados ni se acreditaron con grado de certeza material y se refirió además a la calificación. Finalmente pidió se absuelva a su defendido.
El tribunal dará a conocer la sentencia resultante de este debate el día viernes 6 de agosto.
Ministerio Publico Fiscal / Bariloche