En una audiencia pública, se llevó a cabo hoy el sorteo de los potenciales jurados populares, que serán desde marzo del año próximo los encargados de arribar a veredictos de culpabilidad o no en los delitos cuyas penas se estimen mayores a los 12 años.
Inicialmente explicaron los pasos previos y el mecanismo de sorteo la presidenta del Tribunal Electoral Provincial, Luján Ignazi, y el titular de Lotería de la Provincia, Luis Ayestarán. Estuvieron presentes el presidente del STJ, Enrique Mansilla y los vocales Adriana Zaratiegui, Liliana Piccinini y Ricardo Apcarián, el vicegobernador Pedro Pesatti, el Procurador General Jorge Crespo, los vocales del TEP Sandra Filipuzzi y Ariel Gallinger, legisladores, autoridades provinciales, magistrados y público en general.
Fueron veedores del acto la Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, el representante del Colegio de Magistrados, Carlos Reussi, el decano de la Universidad Nacional del Comahue, Claudio Mennecozzi, junto a Marina Griselda Jocano y Ana Belén Malis en representación del Colegio de Abogados de Viedma.
El padrón depurado fue confeccionado por el Tribunal Electoral Provincial, luego de excluir a los ciudadanos que, según la Ley 5020, no pueden oficiar de jurado popular. Entre los imposibilitados se encuentran los abogados, integrantes del Poder Judicial, de las fuerzas de seguridad, autoridades del clero, condenados, entre otros. Para esta confección requirió información a distintos organismos.
Sobre ese padrón depurado, la Lotería de la Provincia de Río Negro realizó un sorteo que combinó el tradicional bolillero con un coeficiente automático que permitió congeniar la transparencia y la celeridad del acto público.
En total se realizaron ocho sorteos: implicó a cada una de las cuatro circunscripciones judiciales, divididos en padrones femeninos y masculinos. Para la primera Circunscripción, con cabecera en Viedma, se sortearon 500 potenciales jurados. En la segunda, cuya sede central es Roca, 720; En la tercera, con cabecera en Bariloche, se sortearon 400 ciudadanos; finalmente, en la cuarta circunscripción se necesitarán 440 posibles jurados populares. En todos los casos, números equivales de varones y mujeres. En total, 2100 ciudadanas y ciudadanos fueron elegidos de manera azarosa. La lista de sorteados estará próximamente disponible en la página web del Poder Judicial.
En las próximas jornadas los ciudadanos sorteados serán notificados en sus domicilios. Les llegará una carta con una declaración jurada. Tendrán 72 horas para responder. Podrán hacerlo directamente en el correo (de manera gratuita), en la página web del Poder Judicial o bien dirigirse a la Oficina Judicial, donde se dispondrá de un equipo específico para atender todas las dudas que puedan surgir.
A partir de la recepción de las declaraciones juradas, la Oficina Judicial eliminará aquellos que tengan incompatibilidades. Posteriormente, cuando llegue la oportunidad de un juicio que requiera de jurados populares, se hará un segundo sorteo para definir los integrantes. La carga pública dura un año, con la posibilidad de extenderla por un año más. Luego, deberá realizarse otro sorteo.
De acuerdo a los antecedentes penales de cada una de las regiones, la Oficina Judicial calculó que pueden realizarse entre 24 y 30 juicios cada año.
La ley 5020 sancionada por la Legislatura de Río Negro establece que el sistema comenzará a regir desde marzo del año próximo.. De esta manera, los ciudadanos rionegrinos participarán personalmente en la administración de la Justicia Penal como miembros de un jurado popular y definirán sobre la inocencia o la culpabilidad de otro ciudadano en la comisión de un delito grave.
Este mecanismo será uno de los últimos de una larga serie de reformas paradigmáticas en el acceso a justicia y en la aplicación de los procedimientos. Hace más de un año ya se implementó la Reforma Procesal Penal, que implicó una mayor celeridad y transparencia, ya que todas las instancias del proceso penal se resuelven en audiencias orales y públicas.
Claves para comprender el juicio por jurados
1 – No es necesario saber de derecho: De modo simple, un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
2- Los jurados se eligen por sorteo: Una lista general de posibles jurados se sortea una vez al año del Padrón Electoral. Para cada juicio se sortea de esa lista a un grupo de personas, que pasan a una Audiencia de Selección hasta conformar un jurado imparcial.
3- Es una carga pública: Para ciudadano designado es obligatorio asistir. Su empleador, sea el Estado o un privado, justificará su inasistencia y no podrá descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida.
4- Son requisitos: Ser Argentino mayor de más de 18 años con residencia en la zona donde ocurrió el delito y no tener condenas por delitos dolosos. Abogados y funcionarios públicos no pueden ser jurado. Tampoco Auxiliares de Justicia ni los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.
5- Reflejo de la sociedad: Para integrar el jurado la ley dispone que se debe buscar equilibrio de géneros y edades, intentando que la mitad de sus integrantes pertenezca al mismo entorno social y cultural de la persona juzgada.
¿Cómo serán los juicios?
1- Sólo para los casos más graves: Los juicios ante jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor el juicio será ante los jueces profesionales.
2- Pueden ser 7 o 12 miembros: El jurado será de 7 ciudadanos cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena de entre 12 y 25 años de prisión. Será de 12 ciudadanos si el fiscal anticipa que pedirá una pena mayor.
3- Deben ver y escuchar todo el juicio: En el juicio recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.
4- Deliberación secreta: Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
5- Unanimidad o mayoría: ¿Qué pasa si de la deliberación no surge una decisión unánime de culpabilidad? En los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. En los jurados de 7 miembros, se alcanza la mayoría con 6 opiniones de culpabilidad. Si no se obtienen esas mayorías la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro