Sufrió un cuadro de gastroenteritis, faltó al trabajo y lo despidieron

Un trabajador de Cipolletti que se desempeñaba como auxiliar de maestranza en una empresa de seguridad fue despedido por carta documento, mientras cumplía el reposo por una gastroenteritis. La Cámara del Trabajo de la ciudad consideró injustificada la extinción del vínculo y fijó una indemnización en favor del damnificado.

La empresa deberá pagarle ahora al extrabajador la suma de 133.443,00 pesos más intereses en concepto de liquidación final e indemnizaciones por despido.

El hombre probó que padeció un cuadro de gastroenteritis, que comunicó tal situación a la empleadora. También presentó el certificado del médico que le indicó el reposo, en el que además se consignaban como síntomas fiebre y vómitos.

La empresa, en consecuencia, le envió dos cartas documentos. La primera para que se presentara a trabajar en 48 horas y otra dando por concluida la relación laboral fundada en pérdida de confianza ante sus reiteradas faltas sin aviso ni justificación. Sin embargo, esas comunicaciones fueron recibidas por el trabajador el mismo día, a pesar de que una había sido cursada primero.

Cuando el caso se judicializó, el tribunal adujo que “al ser recibidas en forma conjunta ambas comunicaciones, la rescisión ha quedado invalidada por requerir una intimación previa”.

Agregó que “el emisor es naturalmente responsable de sus errores y omisiones en la confección de la comunicación escrita como así también, como en el particular, es responsable de los errores, omisiones y/o demoras del intermediario o bien de circunstancias extrañas a las partes que impidan la normal recepción de la comunicación en tiempo y forma”.

Durante el trámite judicial, la empresa sostuvo que el trabajador había registrado otras faltas injustificadas e incluso había recibido una sanción por ello. Pero esa circunstancia no fue probada y, en cambio, el hombre despedido acreditó la enfermedad y los días de reposo.

La sentencia consignó que la empresa tenía la facultad de enviar a un médico al domicilio y no lo hizo.

Fuente: Comunicación Judicial Rio Negro