El dueño había pagado por adelantado gran parte de los arreglos.
En agosto del año pasado acordó con el chapista diversos arreglos de restauración de butacas, techo, piso, puertas y baúl. Para ello realizó en un mes más de una decena de transferencias bancarias por distintos montos.
Pasado un tiempo “considerable” comenzó a reclamar por la finalización de dichos arreglos. Sin embargo, al no obtener ningún tipo de respuesta por parte del demandado interpuso un proceso de menor cuantía ante el Juzgado de Paz de San Antonio.
Adjuntó como prueba documental comprobantes de las transferencias realizadas, tres presupuestos con los detalles de arreglos y valores.
La demanda fue interpuesta en mayo de este año. Cuando el chapista fue notificado, le devolvió el vehículo, aunque en las mismas condiciones que el propietario se lo llevó.
El proceso judicial continuó, pero el chapista no se presentó. Tras analizar la prueba, la jueza de Paz concluyó que “ha quedado fehacientemente probado la entrega del dinero reclamado por la actora al demandado, mediante las transferencias efectuadas en las fechas indicadas y conforme los comprobantes adjuntados de las mismas”.
De esta manera, el propietario deberá recibir 750 mil pesos más los intereses, ordena el fallo.
Fuente: Prensa Comunicación Judicial RN