Un fallo de Cipolletti reconoció un desequilibrio económico tras casi cuatro décadas de matrimonio

Se casaron en 1985, cuando ella tenía 17 años y él 22. Vivían en Río Colorado, sin casa propia ni un oficio definido. A poco de iniciar la vida en común, ella dejó la escuela para dedicarse a la casa. Acompañó cada traslado, cada ascenso, cada cambio de destino de su esposo, quien ingresó a la Policía rionegrina en 1987 y permaneció allí hasta retirarse como suboficial mayor en 2013.

En todo ese tiempo, ella sostuvo la crianza de sus tres hijos, atendió las necesidades del hogar, postergó sus propios proyectos. Lo intentó una vez, cuando surgió la posibilidad de trabajar en la Municipalidad, pero no pudo aceptar la oferta. En el expediente, ella sostuvo que el esposo no estaba de acuerdo con que trabajara, y que esa negativa pesó en la decisión. Los años pasaron y la dinámica familiar se consolidó: él como sostén económico, ella a cargo del ámbito doméstico.

El matrimonio se disolvió en noviembre de 2023, y unos días después, la mujer acudió al Poder Judicial para solicitar una compensación económica. Alegó que, tras casi cuatro décadas de vida conyugal, la ruptura la dejó en una situación de desprotección y desequilibrio. Mientras su expareja continuaba viviendo en el hogar familiar y conservaba el vehículo del matrimonio, ella debió mudarse a un departamento alquilado junto a uno de sus hijos. Trabajaba desde 2012 en un consultorio, empleo que consiguió recién cuando los hijos ya no requerían de su cuidado permanente.

La jueza del caso analizó en detalle el recorrido vital de ambas personas. Valoró los testimonios de amistades y vecinas que conocieron de cerca la historia. También tuvo en cuenta la declaración del propio demandado, quien reconoció que ella abandonó sus estudios para casarse, que cuidó del hogar y los hijos, y que él fue el único proveedor económico durante toda la relación.

El fallo subrayó que la dinámica de ese matrimonio reprodujo roles tradicionales y desiguales, que terminaron por limitar el desarrollo personal y económico de una de las partes. Esa diferencia, indicó la jueza, se volvió evidente tras la separación, cuando una de las personas ya contaba con una carrera concluida, vivienda y recursos, y la otra apenas iniciaba su vida laboral, con 56 años, sin estudios profesionales y atravesando problemas de salud.

La sentencia concluyó que se configuró un desequilibrio económico con causa en el matrimonio y en su ruptura. No se trató de una necesidad extrema, aclaró el tribunal, sino de una desigualdad estructural generada por el reparto de roles durante la vida en común. Con esos fundamentos, se resolvió fijar una compensación económica de 180.000 pesos mensuales, por un período de 36 meses, con actualización por índice de precios.

Además, el fallo impuso las costas al demandado y dejó constancia en el expediente en trámite por la división de bienes. La jueza destacó la importancia de aplicar perspectiva de género para interpretar los hechos y valorar la prueba en casos como este, donde la historia personal y los vínculos familiares se entrelazan con mandatos sociales aún vigentes.

Fuente; Comunicación Judicial RN