Un hijo, una mamá y dos papás: fallo admite triple filiación por el interés superior del niño

Una sentencia reflejó el acuerdo de toda una familia por el interés superior de un niño. El marido de la mamá pidió adoptar al nene, pero sin desplazar ni quitar derechos al papá. El niño le explicó personalmente a la jueza todos los sentimientos e ilusiones que le genera ese formato de familia ampliada, la mamá estuvo de acuerdo y el padre biológico también. Ahora el niño lleva los dos apellidos paternos: el de su papá biológico y el del papá que se sumó gracias a la figura de la “adopción por integración”.

“Pocas veces se ven, en los Juzgados de Familia, personas con tanta madurez emocional y con herramientas para ahijar como las del peticionante”, dijo la jueza de Familia de Luis Beltrán en referencia al papá adoptivo. Y remarcó también “el rol asumido por los progenitores biológicos, quienes permitieron sin objeción alguna el desarrollo del presente proceso, dejando de lado las susceptibilidades, pudiendo mirar hacia el futuro del niño, que es lo más importante”.

Los últimos párrafos de la sentencia fueron dirigidos al nene. Allí la jueza recordó la entrevista que tuvo con él, en la que le contó las anécdotas, pasatiempos y gustos que comparte con su papá afín. “Estás creciendo, y qué más maravilloso que hacerlo en compañía de tu familia que te adora y unido a N., que en este tiempo se ganó tu corazón. Veo como ambos se respetan y admiran, sensación que pude observar también al ver sus rostros, que se iluminan al hablar el uno del otro”, expresó. “Por eso te digo que a partir de ahora tu nombre pasa a tener un apellido más (…) pudiéndose cumplir así tu deseo y el de tu familia”, le explicó la jueza.

“También quiero desearte éxitos y felicitar a tu familia por cuidar y velar por tu desarrollo integral como lo vienen haciendo, generando en vos una infancia feliz”, cerró la sentencia.

Luego, al destacar el poder de la “filiación socio afectiva” con el segundo papá, la jueza expresó que se trata de “un vínculo que trasciende lo normativo” porque “tanto la paternidad como el ser hijo es una función que se ejerce día a día, un vínculo que se va forjando con el devenir de la vida, que exige afecto, entrega, dedicación, presencia, respeto y acompañamiento; actos que la ubican en la esencia de una verdadera filiación”.

Pluriparentalidad

En cuanto al desarrollo jurídico del fallo, la jueza fundamentó la posibilidad de la triple filiación o “pluriparentalidad” a pesar de que, en principio, el Código Civil y Comercial de la Nación dice que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales. “La pluriparentalidad desafía al principio binario que rige en materia filiatoria”, pero esa limitación “debe ceder ante supuestos como el presente (…) considerando -por sobre todo- el interés superior del niño”, dice el fallo. En ese punto cita la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de la niñez y criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de doctrina de reconocidos juristas.

“Una solución ajustada a las particularidades del caso exige una interpretación que, por fuera del ámbito de la dogmática, sea capaz de proyectar una decisión respetuosa de los diversos derechos fundamentales en juego a la luz de la dinámica que caracteriza el derecho de familia”, definió la jueza. “En otras palabras, lo más beneficioso para él desde la óptica de la protección y promoción integral de sus derechos es reconocer su filiación pluriparental”, explicó.

Incluir, no desplazar

Incluir, no desplazar: El papá biológico también tuvo un rol importante en la decisión. Cuando fue convocado al juzgado, pronto admitió que el planteo estaba destinado a “incluir” al papá afín y no a “desplazarlo a él” en su rol paterno. Por eso prestó su consentimiento. Pidió que sus derechos y obligaciones derivados de la responsabilidad parental no sean limitados por la sentencia y que los tres adultos puedan ejercerlos “en conjunto”, “manteniendo la misma jerarquía, sin desplazar ningún vínculo, aceptando el nuevo vínculo socioafectivo generado”.

El hombre admitió su distanciamiento de la vida cotidiana del niño y dimensionó “lo que el paso del tiempo generó en su vínculo”. Por eso dejó asentado “su deseo profundo poder retomar el vinculo con él, respetando el lugar que hoy tiene su padre socioafectivo”.

Fuente: Comunicación Judicial RN